Aunque muchas personas lo desconocen, existe la posibilidad de cobrar una pensión sin haber cotizado a la Seguridad Social. Eso sí, para tener derecho a percibir esta pensión es obligatorio cumplir con otros requisitos básicos que no se deben pasar por alto.
Desde ‘Fidelitis’ recuerdan a los ciudadanos que existe la posibilidad de cobrar una pensión sin cotizar a la Seguridad Social. En concreto, hablamos de la pensión no contributiva de lMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales).
¿Qué pensiones se pueden cobrar sin cotizar?
Dentro de las pensiones contributivas encontramos dos tipos de pensiones diferentes, cuya gestión recae en el IMSERSO: Pensión no contributiva de jubilación y pensión no contributiva de incapacidad.
La pensión no contributiva de jubilación está destinada a las personas que no han cotizado lo suficiente durante su vida laboral para tener derecho a una pensión contributiva. Además, es obligatorio cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar en situación de vulnerabilidad económica. Es decir, cumplir un requisito de carencia de rentas.
- Residir en España. Es obligatorio haber residido en territorio español durante un periodo de 10 años desde los 16 años de edad hasta el devengo de la pensión. Dos de esos años deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud para cobrar la pensión.
- Tener 65 años o más.
Para el IMSERSO, en 2025, existe carencia de rentas cuando los ingresos de la persona beneficiaria son inferiores en cómputo anual a 7.905,80 euros al mes. Este requisito también se cumple de la misma forma para la pensión no contributiva de incapacidad.
Por su parte, la pensión no contributiva de incapacidad está destinada a personas que tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 65% y que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. Estos son los requisitos exigidos por el IMSERSO:
- Tener entre 18 y 65 años de edad.
- Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
- Residir en territorio español y haberlo hecho durante un periodo de cinco años desde los 16 años de edad y el devengo de la pensión. Dos de esos años deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud para cobrar la pensión.
- Cumplir con el requisito de carencia de rentas.
Con todo ello, desde ‘Fidelitis’ señalan que «existen dos pensiones no contributivas que puedes solicitar si estás en situación de jubilación o discapacidad, aunque no hayas cotizado».
¿Cuánto se cobra por la pensión?
La cuantía de la pensión no contributiva se actualiza cada año por parte del Gobierno de España. En 2025, el Ejecutivo Central ha aplicado una subida del 9% en el importe de la pensión no contributiva.
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Con esta subida, la cuantía de la pensión no contributiva se establece en 7.905,80 euros al año. Supone un importe de 564,70 euros al mes, debido a que esta pensión que se puede cobrar sin cotizar se devenga en 14 pagas al año. Esta cuantía es la misma tanto para la pensión no contributiva de jubilación como para la pensión no contributiva de incapacidad.
En el caso de la pensión no contributiva de incapacidad se puede percibir un complemento económico en caso de que la persona perceptora de la prestación tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 75%.
Así, desde el Instituto de Mayores y Servicios Sociales manifiestan que «la cuantía de este complemento en 2025 es del 50% de los 7.905,80 euros anuales, por lo que el importe de ese complemento queda fijado en 3.952,90 euros anuales».