Algunos beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) pueden llegar a cobrar hasta 1.330 euros al mes en 2024. Esto se debe a la revalorización de las cuantías garantizadas que ha aprobado el Gobierno de España.
En este año 2024, el Gobierno de España ha aprobado una revalorización del 6,9% sobre las cuantías garantizadas del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Esta revalorización ha supuesto un aumento importante para las personas beneficiarias de este tipo de prestación.
Ingreso Mínimo Vital de 1.330 euros al mes
Desde la Seguridad Social recuerdan que «el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».

Así, con la revalorización del 6,9%, la cuantía garantizada para un beneficiario individual se ha situado en 7.250,60 euros al año. Debido a que esta prestación económica se devenga en 12 pagas al año, se trata de un importe mensual de 604,21 euros.
Si bien, hay que tener en cuenta que la cuantía a percibir por el Ingreso Mínimo Vital depende del número de personas que convivan en la misma unidad de convivencia. En este sentido, algunas personas beneficiarias pueden percibir 1.330 euros al mes.
Desde la Seguridad Social informan que las personas beneficiarias en una unidad de convivencia de 5 o más personas, podrán recibir un importe anual de 15.951,24 euros al año por el Ingreso Mínimo Vital. De este modo, supone una cantidad de 1.329,27 euros al mes.
Una unidad de convivencia con 5 miembros puede estar conformada por un adulto y cuatro o más menores; dos adultos y tres o más menores; y tres adultos y dos o más menores.
Complementos del IMV
La normativa actual de la Seguridad Social establece que «la cuantía del Ingreso Mínimo Vital para el beneficiario individual o la unidad de convivencia será la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas, siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales».
Así, todas las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital y todas las personas que formen parte de la unidad de convivencia, tienen la obligación de presentar la Declaración de la Renta. Este aspecto es clave para todas las personas beneficiarias durante el año 2023, ya que deberán presentar la declaración en 2024.
Con todo ello, además de las cuantías garantizadas que establece el Gobierno de España, también existen otros complementos que se pueden cobrar junto con la prestación del Ingreso Mínimo Vital.
Uno de estos complementos es el complemento de ayuda a la infancia, dirigido a las personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital que conviven con menores a cargo. La cuantía es de 115 euros al mes por cada hijo menor de 3 años de edad; 80,5 euros al mes por cada hijo entre 3 y 6 años de edad; y de 57,5 euros al mes por cada hijo entre 6 y 18 años de edad.
La Seguridad Social también contempla dos complementos más. Uno de ellos es el complemento por monoparentalidad, dirigido a unidades de convivencia monoparentales. El otro es el complemento por discapacidad, destinado a situaciones en las que una persona miembro de la unidad de convivencia tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
Ambos complementos tienen una cuantía equivalente al 22% de la Renta Básica Garantizada (7.250,60 euros). Además, estos dos complementos son totalmente compatibles.