El Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO, es un organismo muy popular por su Programa de Turismo dedicado a personas mayores, jubilados y pensionistas, pero también se encarga de la gestión de las pensiones no contributivas, de invalidez y de jubilación, del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), de lo relacionado con el grado de discapacidad y de otros elementos de la autonomía personal y la dependencia.
En este artículo nos vamos a centrar en los beneficios que tienen las personas a las que se le conceden un grado de discapacidad. Desde el IMSERSO señalan que las «personas con discapacidad constituyen un sector de población heterogéneo, pero todas tienen en común que, en mayor o menor medida, precisan de garantías suplementarias para vivir con plenitud de derechos o para participar en igualdad de condiciones que el resto de ciudadanos en la vida económica, social y cultural del país».
Beneficios del reconocimiento del grado de discapacidad
El IMSERSO ha informado cuales son los posibles beneficios de las personas con reconocimiento de grado de discapacidad, entre los que encontramos:
- Acceso a las medidas de fomento del empleo para personas con discapacidad
- Adaptación del puesto de trabajo
- Adaptación de pruebas selectivas en el acceso al empleo público
- Jubilación anticipada
- Acceso a la vivienda de protección pública
- Subvenciones y/o ayudas de carácter individual: tratamientos rehabilitadores, productos de apoyo, accesibilidad y adaptaciones en el hogar, etc.
- Tratamientos rehabilitadores y de apoyo
- Recursos y apoyos educativos
- Pensión no contributiva (PNC) por invalidez
- Prestaciones económicas y sociales para personas con discapacidad: Asistencia Sanitaria y Prestación Farmaceútica y Subsidio de Movilidad y Compensación para Gastos de Transporte
- Prestaciones familiares: Asignación económica por hijo o menor con discapacidad acogido a cargo, o mayores de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior a 65%
- Ampliación del periodo de descanso por maternidad en los supuestos de discapacidad del hijo o menor acogido.
- Ingreso en Centros
- Beneficios fiscales: Necesidad de ayuda de tercera personas para desplazamiento a lugar de trabajo, movilidad reducida, necesidad de vivienda adaptada, etc:
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
- Impuesto sobre Sociedades (IS)
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
- Impuesto especial sobre determinados medios de trasporte (IEDMT)
- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
- Tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida
- Bonotaxi
- Reducciones en medios de transporte
- Otras ayudas y servicios para el colectivo de personas con discapacidad que se contemplen en los organismos competentes en materia de Servicios Sociales ya sean municipales, autonómicos o estatales, o de la iniciativa privada social.
Sobre la valoración de la discapacidad
La valoración del grado de discapacidad, expresado en porcentaje, se realizará mediante la aplicación de los criterios técnicos unificados fijados en el baremo establecido por el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, que ha derogado el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, y sus modificaciones posteriores.
El dictamen propuesta para el reconocimiento de grado será emitido por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad competentes dependientes de los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas a quienes hubieran sido transferidas las funciones en materia de calificación del grado de discapacidad, así como por dichos equipos multiprofesionales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales en su ámbito competencial.
Para más información puedes visitar la web del IMSERSO.