Los trabajadores por cuenta propia que se dan de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) tienen la obligación de cotizar a la Seguridad Social en relación a su actividad económica. Sin embargo, este modo de cotización es diferente con respecto a los trabajadores que cotizan en el Régimen General de la Seguridad Social.
En este sentido, los trabajadores autónomos deben pagar una cuota de cotización mensual. Desde el 1 de enero de 2023, esta cuota de cotización mensual depende directamente de los ingresos reales netos obtenidos por el trabajador.
Descuentos en la cuota de cotización a la Seguridad Social
«Al darte de alta, tendrás que elegir tu base de cotización en función de la previsión del promedio mensual de tus rendimientos netos anuales conforme a una tabla general de bases, fijada cada año por la Ley de Presupuestos Generales del Estado«, explican desde la Seguridad Social.
Es decir, el trabajador realiza una estimación de sus ingresos para realizar el pago de la cuota mensual de cotización. Si bien, puede darse el caso de que los rendimientos anuales finales sean diferentes a los previstos inicialmente por el trabajador.
Si los rendimientos son menores, la Seguridad Social tendrá que devolver al trabajador autónomo la cuota aportada de más. En caso de que los rendimientos netos superen a los previstos, el trabajador tendrá que regularizar su situación abonando la diferencia. Se trata de un nuevo sistema complejo que ha generado alguna controversia entre el sector de trabajadores autónomos.
A pesar de todo ello, la Seguridad Social contempla diferentes descuentos que se pueden aplicar a las cuotas de los trabajadores autónomos. Estos descuentos se ejecutan en función de diferentes circunstancias básicas.
Tarifa plana de la Seguridad Social y otros descuentos
El principal descuento que aplica la Seguridad Social sobre las cuotas de cotización de los trabajadores autónomos es la Tarifa Plana. Esta Tarifa Plana consiste en una cuota de únicamente 80 euros al mes durante el primer año de actividad para los nuevos autónomos.
Si los ingresos del trabajador autónomo son inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente durante el primer año de actividad, la cuota de Tarifa Plana se puede prorrogar durante un segundo año.
Además, la Seguridad Social aplica descuentos sobre la cuota de cotización de los trabajadores autónomos en las siguientes situaciones:
- Descuentos para autónomos residentes en Ceuta y Melilla.
- Durante el periodo de descanso por nacimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia.
- En caso de compatibilizar la actividad como trabajador autónomo con un trabajo por cuenta propia.
- En situaciones de reincorporación tras el nacimiento o adopción de un hijo.
- Por creación artística.
- Si el trabajador autónomo realiza actividades de venta ambulante.
- En situaciones de cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
- Por ser familiar colaborador de un trabajador autónomo.
- Al contratar a otro profesional para facilitar la conciliación de la vida profesional y familiar del autónomo.
- Por estar de alta como autónomo y tener la condición de pensionista de jubilación.
Además, los gobiernos autonómicos también tienen potestad para establecer otras ayudas adicionales a los trabajadores autónomos. Muchos de estos ejecutivos territoriales financian la cuota de Tarifa Plana que habilita la Seguridad Social.
Respecto a la cuota de Tarifa Plana desde la Seguridad Social aclaran que el trabajador autónomo puede renunciar cuando desee a esta ayuda, aplicando la cuota de cotización que le corresponda según sus rendimientos netos.