En los últimos años, el Gobierno de España ha mejorado de manera considerable la relación de las personas empleadas del hogar con la Seguridad Social. En este sentido, se han incluido nuevos derechos para este colectivo de profesionales.
Así, siempre que se vaya a realizar una actividad doméstica a cambio de un salario, la persona trabajadora debe estar dada de alta en la Seguridad Social. Este alta debe solicitarse independientemente del número de horas que se trabaje.
Entre las tareas domésticas se consideran los servicios de limpieza, cuidados de menores o cuidados de personas dependientes. El alta en la Seguridad Social de personas empleadas en el hogar se puede realizar con una antelación máxima de 60 días y hasta el mismo día en el que se inicie la correspondiente actividad.
Tramitar el alta en la Seguridad Social
Desde la Seguridad Social informan a los ciudadanos que «si la persona empleada ya ha empezado a trabajar, puedes tramitar el alta hasta pasados 30 días desde el inicio de actividad. En ese caso, se considera que el alta ha sido comunicada fuera de plazo y la cuota a pagar se calculará desde la fecha que has indicado como de inicio de la actividad. Si han pasado más de 30 días desde el inicio de la actividad deberás presentar el alta enviando una solicitud».
Sea como fuere, el alta en la Seguridad Social de la persona empleada del hogar no es una cuestión opcional. Se trata de una acción obligatoria, sea cual sea el número de horas de trabajo al día o la semana.
Por otro lado, muchas personas se preguntan si es obligatorio tener un contrato de trabajo. Esta acción es obligatoria en caso de que los servicios vayan a durar más de cuatro semanas. Entonces, las condiciones laborales se deben redactar por escrito y estar firmado.
Respecto al salario, tiene que ser igual o mayor al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) fijado para cada año. Hay que recordar que en este año 2024, el SMI se ha establecido en 1.134 euros al mes.
«Si la jornada acordada es de 40 horas a la semana y la retribución se abona en 14 pagas al año, el SMI establecido para 2024, es de 1.134 € al mes. Si se abona en 12 pagas es de 1.323 €. Si el trabajo se retribuye por horas, se aplicará el SMI por hora que es de 8,27 €/hora. Si incluye vacaciones es de 8,87 €/hora», determinan desde la Seguridad Social.
Situaciones protegidas por la Seguridad Social
El alta en la Seguridad Social y las correspondientes cotizaciones protegen a las personas empleadas del hogar ante diferentes situaciones. Eso sí, siempre que se cumplan con los requisitos exigidos.
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— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) March 22, 2024
Así, estos son todas las situaciones protegidas por la Seguridad Social para personas que ejercen como empleados del hogar:
- Prestaciones familiares.
- Riesgo durante el embarazo.
- Riesgo durante la lactancia.
- Jubilación.
- Muerte y Supervivencia.
- Cuidados de menores por enfermedad grave.
- Situación de desempleo.
- Baja laboral por enfermedad común, enfermedad profesional, accidente de trabajo o accidente no laboral.
- Incapacidad permanente.
Así, la nueva legislación tiene como objetivo mejorar la futura pensión de jubilación de las personas empleadas del hogar, entre otras cosas. Además, la Seguridad Social ha habilitado un espacio en su página web para informar sobre todos los detalles en relación a esta actividad profesional en la actualidad.