El Juzgado de lo Social Nº1 de Valladolid ha reconocido la incapacidad permanente total a un trabajador con trastorno paranoide. Todo ello, tras la denegación previa por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Se trata de un nuevo caso en el que la Justicia lleva la contraria a la Seguridad Social en cuanto al reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente se refiere. Además, pone de manifiesto por lo que tienen que pasar muchos ciudadanos para conseguir la pensión de invalidez.
En este caso, el ciudadano ha logrado una pensión de incapacidad permanente total. Un grado de invalidez que inhabilita al trabajador para su profesión habitual, aunque es compatible con el desarrollo de otras actividades laborales que no entren en conflicto con las limitaciones que dieron origen a la incapacidad.
Incapacidad permanente total por trastorno paranoide
Según recoge la sentencia judicial, este vigilante de seguridad presentaba «un trastorno paranoide de la personalidad y un trastorno psicótico con descompensaciones delirante de perjuicio y persecución».
Debido a este cuadro clínico, el trabajador solicitó por la vía administrativa el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total. Sin embargo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social se la denegó al dictaminar que las lesiones «no alcanzaban un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral».
Tras ello, el trabajador decidió demandar al Instituto Nacional de la Seguridad Social, contado con el abogado Saúl Núñez Amado, que observó que su representado reunía las condiciones para tener muchas probabilidades de obtener la incapacidad permanente total.
Al respecto, Saúl Núñez argumenta que «pusimos de manifiesto las patologías psicóticas del paciente en relación con la actividad laboral que desempeña, la cual exige unas características de coherencia y autocontrol que, en este caso, no se dan».
Pensión mensual de incapacidad
La pensión de incapacidad permanente total conlleva la percepción de una cuantía mensual equivalente al 55% de la base reguladora del trabajador. Puede llegar a ser del 75% de la base reguladora en caso de que el trabajador tenga 55 años o más y se encuentre en paro.
Respecto a la situación de este trabajador, su abogado añade que «si no es capaz de vigilar y salvaguardar su integridad, fruto de la psicosis paranoide, es prácticamente imposible que pueda desempeñar sus responsabilidades de cuidado al resto».
La actividad laboral que desempeña una persona es clave a la hora de otorgar el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente y el grado de invalidez que le corresponde. En este caso, se demostró que este vigilante no reunía las condiciones necesarias para desarrollar su profesión habitual.
Por todo ello, la sentencia del Juzgado de lo Social ha tomado en consideración los antecedentes médicos del ciudadano y la pericial aportada en el juicio. Una pericial en la que se certifica que «no disponía de los suficientes recursos mentales como para adaptarse a las circunstancias estresantes del trabajo e interaccionar adecuadamente con el resto de las personas con las que mantuviera contacto».
Finalmente, tras un largo periodo de lucha por sus derechos, este vigilante de seguridad de Valladolid ha obtenido el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total. Una pensión que podrá compatibilizar con los ingresos procedentes de otra actividad laboral diferente a la profesión habitual o similares.