Si eres madre trabajadora, debes conocer las ayudas disponibles que la Seguridad Social tiene para ti. La maternidad, sobre todo en los primeros año de vida de un bebé, es un momento en el que muchas mujeres renuncian a su carrera profesional por no tener la opción de compatibilizar ambas labores. Una circunstancia que crea una increíble desigualdad entre ambos sexos, y que además conlleva una pérdida de ingresos muy necesaria, más aún, cuando se tienen hijos a cargo.
Por este motivo, son importantes todas las ayudas económicas, permisos laborales y deducciones que los gobiernos, tanto Estatal como Autonómico, puedan poner en marcha, para así, ayudar a que España cuente con herramientas para que la conciliación entre la vida familiar y laboral, sea posible. Pues de lo contrario, no solo habrá menores desfavorecidos, sino que muchas mujeres tendrán que elegir entre la posibilidad de ser madres o seguir con su actividad profesional, lo cual crea una brecha insalvable a largo plazo.
Para los casos de familias en riesgo de pobreza y exclusión social, una de las primeras opciones que ofrece la Seguridad Social, es el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Se trata de una prestación indicada para aquellas personas que no cuenta con los recursos económicos para hacer frente a las necesidades básicas. Por tanto, el fin de esta prestación es dar oportunidades de inclusión social y de conseguir un empleo, a sus beneficiarios. No obstante, para conseguir esta ayuda es necesario cumplir una serie de requisitos.
Los requisitos básicos para que la Seguridad Social te conceda el Ingreso Mínimo Vital (IMV), son:
- Tener residencia legal y efectiva en España de forma continua durante el último año, salvo excepciones, como en el caso de menores incorporados a la unidad de convivencia, víctimas de trata de seres humanos o de explotación sexual, y mujeres víctimas de violencia de género.
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica. Esto se acredita en base al patrimonio neto, activos no societarios, ingresos y rentas del solicitante.
- La unidad de convivencia, si no es una persona que vive sola, debe estar constituida con una antigüedad de al menos seis meses.
- El criterio final y la cuantía, se establecen en base a otras condiciones adicionales relacionadas con las circunstancias personales del solicitante.
Complemento de ayuda a la infancia de la Seguridad Social
La Seguridad Social una ayuda que puede cobrarse tanto como complemento del Ingreso Mínimo Vital (IMV), como de forma individual. Se trata del ‘Complemento de Ayuda a la Infancia’ o CAPI, una prestación cuyo objetivo fundamental es combatir la pobreza infantil. Por tanto, es una ayuda a la que también pueden acceder las madres trabajadoras en base a su nivel de ingresos. Y es que en ocasiones, que una persona trabaje, no significa que cuente con un salario digno para poder cubrir las necesidades básicas.
En este caso, la cuantía del ‘Complemento de Ayuda a la Infancia’ dependerá de factores como el número de menores de edad que componen la unidad de convivencia, así como la edad de estos. Pues la Seguridad Social tiene repartido el importe en base a tramos de edad:
- Menores de tres años: 115 euros.
- Entre tres y seis años: 80,50 euros.
- Mayores de seis años y menores de 18 años: 57,50 euros.
Ayuda por nacimiento y cuidado del menor
Todas aquellas personas trabajadoras por cuenta propia o ajena, independientemente de su género, pueden beneficiarse de lo que se conoce como ‘Ayuda por nacimiento’ siempre y cuando, cumplan con los requisitos requeridos. Entre las condiciones establecidas por la Seguridad Social, se incluye estar en situación de alta o asimilada al alta, disfrutar de los períodos de descanso por nacimiento y cuidado de menor, y demostrar que se cuenta con los períodos mínimos de cotización requeridos en cada caso.
En el caso de las madres trabajadoras que cumplan con todos los requisitos para acceder a la prestación por nacimiento y cuidado de menor, salvo el periodo mínimo de cotización, también podrán beneficiarse del subsidio por nacimiento en caso de parto, ya sean empleadas por cuenta propia o ajena.