El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica que tiene el objetivo de prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de todas aquellas personas que carecen actualmente de los recursos suficientes para poder salir adelante. No se trata de ningún tipo de paga vitalicia con la que vivir. En realidad, es un recurso que el Estado ofrece a las personas que realmente se encuentran en una situación difícil, para que cubran sus necesidades básicas hasta que salgan de dicha situación.
En una ayuda gestionada por la Seguridad Social que no cuenta con una cuantía establecida, sino que esta se concede en base a una serie de criterios como si el beneficiario vive solo o está integrado en una unidad de convivencia. Cabe recordar, que este organismo determina que una unidad de convivencia es, salvo excepciones, la que está formada por todas las personas que viven en el mismo domicilio y que están unidas: por matrimonio, por pareja de hecho, por tener un vínculo familiar de hasta segundo grado o por tener una relación en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
El importe del Ingreso Mínimo Vital (IMV), también depende de si el beneficiario cuenta con otros ingresos o carece de ellos. En este sentido, es importante señalar que tener un trabajo y por tanto percibir un salario, es perfectamente compatible con esta ayuda siempre que no supere el importe máximo establecido para ello. Pues en esencia, el IMV es un impulso económico que la Seguridad Social concede a quien lo necesita de verdad para que pueda salir de esa situación de vulnerabilidad.
A groso modo, los requisitos generales para cobrar el Ingreso Mínimo Vital (IMV) son, tal y como establece la Seguridad Social, los siguientes:
- Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año, salvo excepciones (los menores incorporados a la unidad de convivencia, las víctimas de trata de seres humanos o de explotación sexual y las mujeres víctimas de violencia de género).
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, lo cual se acredita teniendo en consideración el patrimonio neto, los activos no societarios y el nivel de ingresos y rentas.
- Que la unidad de convivencia esté formada, al menos, desde hace seis meses.
Ayudas compatibles con el Ingreso Mínimo Vital en marzo
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) subió de forma considerable a partir del 1 de enero de 2023. Tanto es así, que el importe mínimo que el beneficiario percibía, pasó de ser de 491,63 euros, a los 533,41 euros. Además, el Gobierno decidió también cambiar los criterios para acceder a él, aumentando la renta máxima que podía ser compatible. Y es que el objetivo último del IMV, es ayudar a que las personas en una mala situación económica, puedan progresar y acceder a un trabajo digno con el que poder mantenerse.
Por este mismo motivo, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) es compatible con algunas ayudas, como por ejemplo, con la ayuda familiar. Se trata de una prestación dirigida a las personas en desempleo de larga duración y a aquellos que pese a intentarlo, no consiguen un trabajo, que han agotado el paro y tienen responsabilidades familiares. Esta ayuda no es solo compatible con el IMV, sino que pueden complementarse entre sí.
Requisitos para compatibilizar dichas ayudas
Solo existe una única condición para poder compatibilizar la ayuda familiar y el Ingreso Mínimo Vital (IMV), esta es, que la cuantía total percibida por el beneficiario no supere el 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), esto son, los 750 euros. Pues esta es la cantidad determinada por el Gobierno, a partir de la cual, se considera que la persona tiene garantizado un nivel mínimo de ingresos.