El 3 de abril de 2024 comienza la Campaña de la Renta 2023-204. Así, los contribuyentes ya se preparan para rendir cuentas con la Agencia Tributaria en relación al IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y presentar la Declaración de la Renta.
Los contribuyentes de España disponen de tres vías para presentar la Declaración de la Renta: Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (vía online), vía telefónica o vía presencial en las oficinas de Hacienda.
Actualmente, la mayoría de contribuyentes opta por la vía online, debido a su comodidad y rapidez. Sin embargo, muchos ciudadanos siguen prefiriendo otras opciones más tradicionales.
Cita para presentar la Declaración de la Renta
Desde el 3 de abril al 1 de julio de 2024, los contribuyentes podrán presentar la Declaración de la Renta por Internet. En concreto, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
Por su parte, desde el 7 de mayo al 1 de julio de 2024, podrán presentar la Declaración de la Renta por vía telefónica. Para ello, es preciso solicitar cita previa entre el 29 de abril y el 28 de junio de 2024.
En este caso, el contribuyente acuerda una cita con Hacienda para presentar la Declaración del IRPF. Así, en la fecha y horario acordada, un trabajador de la Agencia Tributaria llamará al ciudadano para que proceda a realizar la Declaración de la Renta por vía telefónica.
Finalmente, desde el 3 de junio al 1 de julio de 2024, los ciudadanos de España tendrán la posibilidad de presentar la Declaración de la Renta de manera presencial. En este caso también es obligatorio la obtención de cita previa, que se podrá realizar desde el 29 de mayo al 28 de junio de 2024.
La cita previa con Hacienda para presentar la Declaración de la Renta se puede obtener por Internet (Sede Electrónica de la Agencia Tributaria). Igualmente, también se puede obtener cita previa a través de los siguientes números de teléfonos: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
Claves para la Campaña de la Renta
No todos los contribuyentes de España están obligados a presentar la Declaración de la Renta. Debido a determinados factores, muchos ciudadanos quedan exentos de presentar la declaración en 2024.
Hay que recordar que la Declaración de la Renta a presentar en el año 2024 se corresponde con el ejercicio fiscal de 2023. Parece una obviedad, pero es algo que suele generar ciertas confusiones entre algunos declarantes.
Sea como fuere, es recomendable completar el borrador de la renta a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria a partir del 3 de abril de 2024. De esta forma, es posible saber si el resultado es favorable o no, independientemente de que sea obligatoria la presentación de la Declaración de la Renta.
Además, al completar el borrador, desde la Agencia Tributaria informan al ciudadano si tiene la obligación de presentar la Declaración de la Renta. En caso de no tener la obligación, el contribuyente puede decidir si presentar o no la correspondiente declaración.
Por último, es preciso resaltar que el plazo de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria depende del fin del plazo de presentación de cada modelo.
Así, desde Hacienda señalan que «si el vencimiento del plazo de presentación coincide con un día inhábil, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente y el plazo de domiciliación bancaria se ampliará con carácter general el mismo número de días que resulte ampliado el plazo de presentación de dicha declaración».