Los ciudadanos en España pueden obtener el reconocimiento de la incapacidad permanente por la vía administrativa o por la vía judicial. Así, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es el organismo encargado de reconocer una pensión de invalidez por la vía administrativa.
Primero se debe gestionar la obtención de la incapacidad permanente por la vía administrativa. Ante la imposibilidad de conseguirla por este procedimiento, el ciudadano tiene la posibilidad de acudir a la vía judicial.
Son muchas las personas en España que necesitan acudir a la vía judicial para obtener el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente debido, principalmente, a la dureza que ofrece la Seguridad Social para la concesión de este tipo de pensiones.
Sentencia pionera de incapacidad permanente
Con todo ello, es necesario resaltar una sentencia dictada recientemente por el Juzgado de lo Social número 3 de Santander. Esta sentencia ha reconocido una pensión de incapacidad permanente total a una trabajadora de la limpieza de Cantabria, que se encontraba afectada por el síndrome post-Covid.
Hay que recordar que el objetivo de una pensión de incapacidad permanente es paliar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador a causa de una lesión o enfermedad, que reduce o anula su capacidad laboral.
Por su parte, el grado de incapacidad total inhabilita al trabajador o trabajadora para su profesión habitual. Sin embargo, la pensión de incapacidad permanente total es compatible con el desarrollo de otras actividades laborales que no entren en conflicto con las limitaciones que dieron origen al reconocimiento de la pensión de invalidez.
Esta mujer, cuya profesión es la de limpiadora, se vió obligada a presentar una demanda judicial contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, después de que este organismo no le reconociera la pensión de incapacidad permanente que reclamaba. Según el INSS, denegó la solicitud de la mujer «por no presentar reducciones anatómicas o funcionales que disminuyan o anulen su capacidad laboral».
Reconocimiento por la vía judicial
Esta sentencia pionera ha sido publicada por el Colegio de Abogados de Cantabria a través de sus redes sociales. En concreto, destacan que se trata de una sentencia pionera de la jurisdicción social en Cantabria.
Sentencia pionera de la jurisdicción social en Cantabria: INVALIDEZ PERMANENTE TOTAL a una trabajadora afectada del SÍNDROME POST COVID.
El informe pericial, avalado con varios estudios internacionales, reconocía una disnea y fatigas intensas que impiden la profesión habitual. pic.twitter.com/vs40CU1LtG— ICA Cantabria (@IcaCantabria) January 23, 2024
Según se recoge en la sentencia, tal y como se ha podido comprobar, esta trabajadora presentaba un cuadro clínico de secuelas que incluía el síndrome post-Covid. Consiste en una infección por la que la persona afectada tuvo que permanecer cinco días intubada en el hospital. Además, también presentaba artritis psoriásica, y «bloque completo» de la rama izquierda.
Desde el Colegio de Abogados de Cantabria explican que «el informe pericial, avalado con varios estudios internacionales, reconocía una disnea y fatigas intensas que impiden la profesión habitual«. Al entender que la trabajadora no podía realizar su actividad laboral habitual, la Justicia ha terminado otorgándole el derecho al cobro de una pensión de incapacidad permanente total.
La incapacidad permanente total conlleva la percepción de una pensión con una cuantía equivalente al 55% de la base reguladora de la persona trabajadora. Si bien, la cuantía de este tipo de pensión puede llegar a ser del 75% en caso de que la persona beneficiaria se encuentre en paro y tenga 55 años o más.