Desde este año 2024 está en vigor un nuevo requisito para cobrar la pensión por discapacidad, también denominada pensión no contributiva de invalidez. Esta modificación está asociada al aumento de la cuantía de la pensión.
En este año 2024 se ha producido un aumento de la cuantía de la pensión no contributiva de invalidez. En concreto, se trata de una revalorización del 6,9% con respecto a las cuantías del año anterior.
Así, el importe anual de la pensión no contributiva de invalidez se sitúa en 7.250,60 euros. Es decir, se trata de una cuantía de 517,90 euros al mes, repartido en 14 pagas durante el año.
Requisitos de la pensión por discapacidad en 2024
La gestión de la pensión no contributiva de invalidez recae sobre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). Del mismo modo ocurre con las pensiones no contributivas de jubilación.
Así, desde el IMSERSO señalan que «la pensión no contributiva de invalidez asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva».
Uno de los requisitos básicos para cobrar la pensión no contributiva de invalidez es tener carencia de rentas. Este es el requisito básico que ha sufrido un cambio importante en 2024, debido a la revalorización de la cuantía de la pensión aplicada por el Gobierno.
De esta forma, existe carencia de rentas cuando los ingresos de la persona beneficiaria, en cómputo anual en 2024, sean inferiores a 7.250,60 euros. Es decir, coincide con el importe anual de la pensión por discapacidad.
Además, los límites de ingresos de carencia de rentas pueden variar en caso de que la persona beneficiaria conviva con otros familiares. En función de la unidad de convivencia se aplican unos u otros límites para determinar que existe carencia de rentas. Es otro de los aspectos que ha variado en este año 2024.
Otros requisitos básicos para cobrar la pensión
En relación a lo expuesto anteriormente, desde el IMSERSO detallan que «existirá unidad económica de convivencia en todos los casos de convivencia del beneficiario con otras personas unidas con aquel por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado».
Además del requisito de carencia de rentas, para cobrar la pensión no contributiva de invalidez también es necesario cumplir con otras condiciones. Una de ellas consiste en tener 18 años o más y menos de 65 años.
Por otra parte, es obligatorio tener reconocida una discapacidad igual o superior al 65%. Por este motivo, la pensión no contributiva de invalidez también se conoce coloquialmente entre la sociedad española como pensión por discapacidad.
Otra condición indispensable consiste en residir en territorio español. Y no solo eso, sino que la persona beneficiaria debe haberlo hecho durante un periodo de cinco años, siendo dos de ellos consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
Finalmente, los profesionales del IMSERSO recuerdan que «la cuantía individual de la pensión se establece en función del número de beneficiarios de pensión no contributiva integrados en la misma unidad económica de convivencia, de los ingresos personales y/o los de las personas que integran la unidad económica, no pudiendo ser inferior dicha cuantía a 1.812,65 € anuales, que se corresponde con el 25% del importe íntegro para el año 2024″.