Muchas personas en España piensan que la pensión contributiva de viudedad es incompatible con la pensión contributiva de jubilación. Sin embargo, esto no es del todo así.
Ante la duda que suscita esta situación a un gran número de ciudadanos, es necesario aclarar las compatibilidades que permite la pensión de viudedad.
Al respecto, los profesionales de BBVA explican que «la pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo, con independencia del salario o ingresos percibidos por esa actividad laboral».
De esta forma, la pensión de viudedad también podrá ser compatible con cualquier prestación que sustituya a esas rentas por trabajo.
Compatibilidad de la pensión de viudedad
La pensión contributiva de viudedad es una prestación dirigida a las personas que hayan mantenido un vínculo matrimonial o hayan sido pareja de hecho de la persona fallecida. Para su percepción, es obligatorio que se cumplan una serie de requisitos.
Desde la Seguridad Social señalan que «el objetivo de la pensión de viudedad es proteger la situación de necesidad económica ocasionada por el fallecimiento de la persona que origina la prestación».
Teniendo en cuenta la finalidad de la pensión de viudedad, estas son las prestaciones con las que puede compatibilizarse:
- Prestación contributiva por desempleo y subsidios.
- Prestación por incapacidad temporal.
- Prestación por nacimiento y cuidado del menor.
- Pensión contributiva de jubilación.
- Pensión contributiva de incapacidad permanente.
Tal y como hemos aclarado inicialmente, la pensión de viudedad se puede compatibilizar con cualquier renta del trabajo de la persona beneficiaria. En este sentido, también es compatible con la pensión de jubilación y con la pensión de incapacidad permanente.
En la actualidad, aproximadamente 1,5 millones de personas en España cobran una pensión de viudedad. Así, el 95,5% de las personas beneficiarias son mujeres.
Pensión de viudedad y jubilación
Algunas personas que cobran una pensión de viudedad creen que perderán el derecho a esta pensión al alcanzar la edad de jubilación, o que tendrán que elegir entre una de las dos pensiones en caso de tener también derecho a una pensión contributiva de jubilación.
Sobre esta situación, los expertos de BBVA manifiestan que «la normativa que desarrolla las prestaciones por muerte y supervivencia reconoce expresamente la compatibilidad de la pensión de viudedad con la pensión de jubilación del nivel contributivo».
Aunque existe compatibilidad entre ambas pensiones contributivas de la Seguridad Social, existe un límite que hay que tener en cuenta en caso de cobrar ambas prestaciones.
De esta forma, la suma de la cuantía entre ambas pensiones no podrá ser superior a la cuantía de pensión máxima vigente. En este año 2024, la pensión máxima ha subido un 3,8%.
En concreto, la cuantía de pensión máxima del sistema español en 2024 es de 44.450,56 euros anuales. Es decir, un importe de 3.175,04 euros al mes, repartidos en 14 pagas durante el año.
Otro aspecto importante es que es indiferente el momento en el que se cause el derecho a percibir cada una de las dos pensiones para que exista compatibilidad.
«Es decir, podrá percibir la pensión de viudedad una persona que ya venía cobrando una pensión de jubilación, y también podrá jubilarse y percibir pensión de jubilación una persona que ya viniese cobrando la pensión de viudedad. En ambos casos se mantiene el cobro de las dos pensiones», tal y como aseguran los profesionales de BBVA.