Muchos hipotecados de España tienen la posibilidad de solicitar la devolución de ciertos pagos abusivos que realizaron en relación a su hipoteca. Así lo informan los profesionales de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
Desde la OCU señalan que «si tu banco te impuso la obligación de pagar todos los gastos asociados a la hipoteca, puedes pedir que te devuelvan lo que pagaste en concepto de registro, gestoría y tasación y la mitad de los gastos notariales».
Inicialmente, el plazo para poder solicitar judicialmente esta devolución finalizaba el 24 de enero de 2024. Sin embargo, se ha producido una prórroga hasta el 14 de abril de 2024, debido a la suspensión de los plazos procesales durante el estado de alarma.
Devolución de gastos de la hipoteca
En el mes de diciembre de 2015, el Tribunal Supremo dictó una sentencia con una resolución referente a una demanda realizada por la OCU.
Dicha sentencia expresa que los gastos de formalización de hipoteca que los bancos hubiesen impuesto a sus clientes eran nulos y abusivos. Desde entonces, muchos usuarios tienen la posibilidad de reclamar ese dinero aportado de más.
Respecto a esta situación, los expertos de la OCU aclaran que «aunque la sentencia declaraba que imponer la totalidad de los gastos era abusivo, no se determinó el porcentaje de reparto, qué debían pagar los usuarios y qué el banco, con lo que eso quedaba al criterio de las diferentes audiencias provinciales, que en su mayoría consideraban que los bancos tenían que pagar todos los gastos de formalización».
No obstante, este hecho ha quedado matizado con el paso de los años y después de una serie de sentencias dictadas por el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Por ello, en diciembre de 2019 se estableció de forma definitiva los gastos que los bancos debían devolver a los hipotecados.
En concreto, los gastos que las entidades bancarias deben devolver a los hipotecados son: la totalidad de gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, y la mitad de los gastos notariales.
Cómo reclamar sobre la hipoteca
Hay que tener en cuenta el plazo de prescripción para poder reclamar judicialmente estos gastos abusivos aportados en relación a la contratación de la hipoteca.
La normativa actual establece que el plazo de prescripción es de 5 años. Sin embargo, es preciso delimitar desde que fecha comienza a contar ese plazo.
Hasta el momento no existe una normativa clara respecto a la fecha en la que se comienza a contar en relación a la prescripción de la devolución de estos gastos de hipoteca.
Así, los profesionales de la OCU argumentan que «desde nuestro punto de vista, salvo que el TJUE se pronuncie en sentido contrario, el plazo de cinco años empieza a computar desde el día en que el Tribunal Supremo estableció que las cláusulas que atribuían que al consumidor el pago de todos los gastos del contrato era abusivas y fijó el criterio de cómo debían distribuirse los gastos, o sea, el 23 de enero de 2019. Por tanto, el plazo para reclamar finalizaría el día 24 de enero de 2024″.
Sin embargo, este plazo queda prorrogado hasta el día 14 de abril de 2024, debido a que durante 82 días naturales se suspendieron los plazos procesales por el estado de alarma.
No todos los ciudadanos pueden reclamar estos pagos abusivos sobre la hipoteca. Solamente podrán llevar a cabo esta acción aquellas personas que contrataron su préstamo hipotecario antes del 16 de junio de 2019.