La Seguridad Social ofrece una ayuda económica mensual a las familias que tengan hijos a cargo menores de edad, entre 6 y 18 años. Si bien, no todas las personas pueden percibir esta ayuda mensual.
Se trata de una ayuda económica vinculada al Ingreso Mínimo Vital (IMV). En concreto, hablamos del complemento de ayuda a la infancia que pueden percibir las personas perceptoras del IMV que convivan con hijos menores de edad en la misma unidad de convivencia.
El objetivo del complemento de ayuda a la infancia, según recoge la Seguridad Social, es reducir el riesgo de pobreza infantil entre la población española durante los próximos años.
Ayuda de la Seguridad Social de 57,5 euros al mes
En este año 2024 se han revalorizado las cuantías garantizadas del Ingreso Mínimo Vital. En concreto, estos importes han subido un 6,9% con respecto a las cuantías del año anterior.
Así, muchas personas también esperaban un aumento de las cuantías del complemento de ayuda a la infancia. Sin embargo, la Seguridad Social ha confirmado que las cuantías de este complemento se mantienen como en el año 2024.
Además, desde la Seguridad Social explican que «se establece en función del número de menores de edad miembros de la unidad de convivencia, y en función de la edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio».
Con todo ello, las personas que cobren el IMV en 2024 y tengan hijos entre 6 y 18 años de edad, podrán percibir una ayuda económica de la Seguridad Social con una cuantía de 57,50 euros al mes por cada uno de estos hijos. Hablamos del complemento de ayuda a la infancia.
El complemento de ayuda a la infancia tiene una cuantía de 80,5 euros al mes por cada hijo entre 3 y 6 años en la misma unidad de convivencia en 2024; mientras que el importe mensual por cada hijo entre 0 y 3 años es de 115 euros.
Dicho complemento económico de la Seguridad Social no es solamente exclusivo de la prestación del Ingreso Mínimo Vital, sino que también está disponible para perceptores de prestaciones de protección familiar.
Por ello, la Seguridad Social aclara que «también pueden percibir este complemento las unidades de convivencia cuyos ingresos en el ejercicio inmediatamente anterior al de la solicitud sean inferiores al 300% de la cuantía garantizada por el Ingreso Mínimo Vital y cuyo patrimonio neto sea inferior al 150% de los límites establecidos con carácter general, siempre que además se cumpla el límite de activos no societarios establecido para la unidad de convivencia».
Complemento del 22%
Además del complemento de ayuda a la infancia, la Seguridad Social también contempla otro complemento para los beneficiarios de la prestación del Ingreso Mínimo Vital en 2024.
Primeramente, es necesario tener en cuenta la nueva cuantía garantizada para un beneficiario individual del IMV en 2024. Se trata de la Renta Básica Garantizada, con un importe de 7.250,52 euros al año (12 pagas), lo que se corresponde con 604,21 euros al mes.
De esta forma, la Seguridad Social señala que si la persona beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital tiene una discapacidad igual o superior al 65%, puede cobrar un complemento del 22% sobre la Renta Básica Garantizada de 7.250,52 euros. Es decir, el complemento para personas con discapacidad del IMV en 2024 alcanza una cuantía de 1.654,4 euros al mes.
En definitiva, las personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital pueden acceder a diferentes complementos económicos que abona la Seguridad Social durante el año 2024.