Las personas que perciban el Ingreso Mínimo Vital (IMV) deben cumplir una serie de obligaciones para no perder el derecho a percibir esta prestación por parte de la Seguridad Social. Además, hay que tener en cuenta que las cuantías del IMV aumentarán en el año 2024.
Desde la Seguridad Social recuerdan que «el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».
Cuando una persona se convierte en beneficiaria del IMV adquiere una serie de obligaciones con la Administración. Es decir, debe seguir una serie de obligaciones para no perder el derecho a la prestación.
NO PERDER EL INGRESO MÍNIMO VITAL
En primer lugar, para no perder el derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital, la persona beneficiaria de la prestación debe seguir cumpliendo todos los requisitos que dieron origen a la percepción de la ayuda económica.
Si se dejan de cumplir algunos de los requisitos básicos, la Seguridad Social podría suspender o extinguir el derecho a cobrar la ayuda del Ingreso Mínimo Vital. Así lo estipula la Seguridad Social.
Además, la Seguridad Social recoge 8 obligaciones que deben cumplir los beneficiarios del IMV durante todo el periodo de percepción, si no quieren perder el derecho a dicha prestación:
- Proporcionar documentación e información precisa a la hora de acreditar los requisitos y conservación de la prestación.
- Comunicar a la Seguridad Social cualquier cambio o situación que pueda afectar a la percepción de la prestación del IMV. Esta comunicación se debe realizar en un plazo de 30 días hábiles desde el momento en el que se produzcan.
- Informar de cualquier cambio de domicilio o situación en el Padrón municipal que afecte a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.
- Es obligatorio reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas.
- Se debe comunicar a la Seguridad Social de manera previa las salidas al extranjero, ya sea de la persona titular como de los miembros de la unidad de convivencia. Eso sí, siempre que dicha salida sea superior a 90 días en el año natural.
- Presentar cada año la Declaración de la Renta sobre el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
- Participar en las estrategias de inclusión que promueve cada año el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Puede darse el caso de que un ciudadano compatibilice el Ingreso Mínimo Vital con las rentas del trabajo o la actividad económica. En esta situación, la persona en cuestión debe cumplir las condiciones de compatibilidad.
SUBIDA DEL IMV en 2024
Las personas que quieran seguir cobrando el Ingreso Mínimo Vital en 2024 deberán cumplir con las obligaciones descritas anteriormente. Además, las cuantías garantizadas el IMV aumentarán de forma importante a partir del 1 de enero de 2024.
Hay que recordar que las cuantías garantizadas del Ingreso Mínimo Vital se encuentran referenciadas con las pensiones no contributivas del sistema español. Así, tanto las pensiones no contributivas como las cuantías del IMV aumentarán un 6,9% en el año 2024.
Con la revalorización del 6,9%, la cuantía garantizada para un beneficiario individual pasará de 565,37 euros al mes a 604 euros al mes en el año 2024. Del mismo modo, aumentará de 6.784,44 euros al año en 2023, a 7.248 euros anuales en 2024.