Solicitar una baja laboral por incapacidad temporal suele ser un proceso sencillo para el trabajador. Sin embargo, durante el procedimiento se pueden cometer ciertos errores que se deben evitar.
En este sentido, la Seguridad Social ha aprobado una nueva normativa durante este año 2023, para facilitar la tramitación de partes de baja, confirmación y alta por incapacidad temporal.
Desde el 1 de abril de 2023, tal y como explican desde la Seguridad Social, «el facultativo que expida el parte médico de baja, confirmación o alta entregará a la persona trabajadora tan sólo una copia del mismo y no será necesario que la persona trabajadora tenga que trasladar una copia de ese parte a la empresa que lo podrá descargar del Fichero INSS Empresas».
ERRORES AL SOLICITAR LA INCAPACIDAD TEMPORAL
Uno de los errores que siguen cometiendo muchos ciudadanos es creer que deben entregar el parte de baja a la empresa. Este paso ya no es necesario, debido a que la propia empresa podrá descargar el parte de baja a través del Fichero INSS Empresas.
Realmente, no se trata de un error como tal, sino de un desconocimiento por parte de los trabajadores a la hora de solicitar la baja laboral por incapacidad temporal.
Otro aspecto que no se deben pasar por alto son los requisitos que tiene que cumplir el trabajador para tener derecho a solicitar la baja laboral por incapacidad temporal. Estos son algunos de los requisitos indispensables que establece la Seguridad Social:
- Estar dado de alta o en situación asimilada de alta en la Seguridad Social.
- Acreditar un periodo determinado de cotización en caso de que la baja laboral derive de enfermedad común.
Una baja laboral por incapacidad temporal puede derivar de accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad profesional o enfermedad común. Cuando deriva de accidente (sea laboral o no) o enfermedad profesional, no es necesario cumplir con ningún requisito de cotización.
Sin embargo, cuando la incapacidad temporal deriva de enfermedad común, para tener derecho a la baja, es necesario haber cotizado un mínimo de 180 días durante los últimos 5 años.
Si la incapacidad temporal deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional y la empresa no había dado de alta al trabajador, la Seguridad Social tramitará el alta de oficio.
MOTIVOS MÁS COMUNES DE BAJA LABORAL
Además de todo lo expuesto anteriormente, en este año 2023 también se han aprobado nuevas situaciones de protección a las mujeres trabajadores. Es decir, situaciones por las que las mujeres pueden solicitar la baja laboral por incapacidad temporal. Hablamos de la menstruación incapacitante secundaria, interrupción del embarazo (sea voluntario o no) y primer día de la semana 39 de gestación.
Con todo ello, existen diferentes enfermedades o situaciones que son las más habituales que generan una baja laboral por incapacidad temporal en la actualidad:
- Gripe: Hace algunos años, 1 de cada 5 trabajadores solicitaba eventualmente la baja laboral por Covid.
- Covid: En la actualidad, el Covid también se ha convertido en una enfermedad que genera habitualmente una baja laboral temporal entre los ciudadanos.
- Enfermedades musculoesqueléticas: En este grupo se encuentran dolencias como lumbalgias, tendinitis y síndrome de túnel carpiano.
- Trastornos mentales: La salud mental también está muy presente en el ámbito laboral. Así, es habitual que se soliciten bajas por incapacidad temporal debido a ansiedad, depresión o estrés laboral.
- Motivos familiares: Este tipo de bajas están relacionadas, especialmente, con la maternidad y paternidad.
En definitiva, los trabajadores pueden solicitar la baja laboral por diferentes enfermedades, accidentes o situaciones que le impiden desarrollar su actividad laboral temporalmente. Ante cualquier duda, para evitar errores en el proceso de solicitud, es recomendable contar con el asesoramiento de un experto o persona con conocimiento en este ámbito.