La Seguridad Social es el organismo encargado de la gestión de las pensiones de incapacidad permanente en España. Así, a lo largo del año realiza diferentes comunicaciones hacia los beneficiarios de este tipo de pensiones, para que estén al tanto de cualquier tipo de información de relevancia.
Al tratarse de una pensión de carácter contributivo, las pensiones de incapacidad permanente se revalorizan en función del IPC (Índice de Precios al Consumo) del año anterior. En 2023, las cuantías de las pensiones contributivas se han revalorizado en un 8,5%. Del mismo modo, se espera un nuevo aumento en el año 2024.
Con todo ello, las pensiones de incapacidad permanente pueden derivar de accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad común o enfermedad profesional. El hecho causante puede ser un factor determinante a la hora del reconocimiento de la pensión de invalidez.
AVISO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN 2023
En la ‘Guía del Pensionista’ la Seguridad Social establece una serie de indicaciones de importancia para las personas perceptoras de una pensión de invalidez en España. No hay que olvidar que en España existen cuatro grados de invalidez: Parcial, Total, Absoluta y Gran Invalidez.
Primeramente, desde la Seguridad Social recuerdan que la pensión de incapacidad permanente puede ser revisada en cualquier momento por parte del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social).
Todas las pensiones de incapacidad permanente son revisables hasta que la persona perceptora de la pensión alcanza la edad de jubilación. Esto no se cumple con la incapacidad parcial, ya que al tratarse de una indemnización de pago único, no es revisable por parte de la Seguridad Social.
La revisión de una incapacidad permanente tiene como objetivo observar el estado de salud en el que se encuentra el usuario. Tras una revisión, la Seguridad Social puede mantener el mismo grado de invalidez, aumentarlo, reducirlo o retirar el derecho a la pensión de incapacidad.
Igualmente, el ciudadano tiene potestad para solicitar de oficio una revisión de su incapacidad permanente. Normalmente, esta revisión por parte del propio usuario tiene lugar cuando entiende que se ha producido un empeoramiento de su estado de salud.
OTROS AVISOS SOBRE LA INCAPACIDAD PERMANENTE
Durante este año 2023, desde la Seguridad Social también advierten a los ciudadanos que reciben una pensión de incapacidad permanente total. Recuerdan que dicha pensión no es compatible con la profesión habitual, aunque sí puede ser compatible con el desarrollo de otras actividades laborales que no entren en conflicto con las limitaciones que dieron origen a la pensión de invalidez.
Normalmente, la pensión de incapacidad permanente total tiene una cuantía equivalente al 55% de la base reguladora. Sin embargo, los ciudadanos pueden acceder a un 20% más de la base reguladora en la pensión en ciertas circunstancias.
Cuando una persona beneficiaria de una incapacidad total se encuentra en paro y tiene 55 años o más, puede tener derecho al 75% de la base reguladora. Esta situación se conoce como incapacidad permanente total cualificada.
La incapacidad permanente total cualificada es totalmente incompatible con el desarrollo de una actividad laboral. Por tanto, si una persona vuelve al trabajo con una incapacidad total cualificada, volvería a percibir el 55% de la base reguladora.