La Seguridad Social siempre trabaja en busca del bienestar social. Por ello ofrece alternativas a las personas que están en situación de paro, que podrán acceder al subsidio de desempleo siempre y cuando cumplan con los requisitos que solicita el Servicio Público de Empleo Estatal, conocido como SEPE, que pertenece al Ministerio de Trabajo y Economía Social. Pero además de esa ayuda al desempleo, encontramos otro tipo de prestaciones que pueden ayudar a las personas que no tienen empleo.
En este caso, las prestaciones para las personas que están en situación de desempleo y no pueden optar el subsidio del paro la podemos encontrar tanto del SEPE como del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Estas ayudas van destinadas a las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica, y a continuación vamos a desarrollar cada una de ellas.
PRESTACIONES PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE DESEMPLEO
Si estás en situación de desempleo y se te ha acabo la prestación de paro o no cumple los requisitos para obtener puedes optar a alguna de estas ayudas que vamos a explicar a continuación.
SUBSIDIO PARA MAYORES DE 52 AÑOS
La Seguridad Social cuenta con una ayuda de 480 euros al mes que es compatible con otros ingresos. Esta prestación va dirigida a uno de los grupos de edad que cuenta con más dificultades a la hora de encontrar empleo. Este subsidio, como informa el SEPE puede durar hasta que se alcance la edad ordinaria de jubilación.
Entre los requisitos para acceder a esta prestación encontramos:
- Subsidio del paro agotado
- El beneficiario debe de estar inscrito como demandante de empleo
- Tener un mínimo de 15 años cotizados
- No se puede abandonar el país por motivos laborales
- Presentar la declaración de la renta anualmente
- No se puede compaginar este subsidio con las prestaciones por maternidad o paternidad
SUBSIDIO POR AGOTAMIENTO SIN CARGAS
Esta ayuda también cuenta con una cuantía mensual de 480 euros y está dirigida a los trabajadores de más de 45 años que no tienen responsabilidades a su cargo.
Entre los requisitos para acceder a esta prestación encontramos:
- Los ingresos no pueden superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Por lo tanto, no podría superar los 810 euros.
- No se pueden rechazar ofertas laborales con condiciones dignas
- La persona debe estar inscrito como demandante de empleo
SUBSIDIO POR AGOTAMIENTO CON CARGAS
En este caso, al igual que ocurre con el subsidio por agotamiento sin cargas, la cuantía es de 480 euros al mes.
La persona interesada deberá de cumplir con los siguientes requisitos:
- Los ingresos mensuales no pueden superar el 75% del SMI. Por lo tanto, no podría superar los 810 euros.
- Los interesados deben carecer de rentas y estar inscritos como demandante de empleo
- Se debe de mostrar la existencia de cargas familiares.
SUBSIDIO POR COTIZACIONES INSUFICIENTES
Entre las ayudas a las que puede optar una persona cuando acaba el subsidio por desempleo encontramos la prestación por cotizaciones insuficientes. La duración de la ayuda va a depender de dos aspectos: cantidad de meses cotizados y volumen de responsabilidades familiares que se tengan. En este caso, la cuantía mensual también es de 480 euros.
La persona que quiere recibir este subsidio debe de cumplir una serie de requisitos, como:
- Estar en paro e inscrito como demandante de empleo
- Haber cotizado un mínimo de tres meses (seis cuando no se tienen personas a su cargo)
- Los ingresos no pueden superar el 75% del SMI: 810 euros.
Así que ya sabes, si se te ha acabado el subsidio de desempleo, puedes optar a estas prestaciones.