Para tener derecho a una pensión de incapacidad permanente, los ciudadanos deben cumplir una serie de requisitos básicos. En caso de que la incapacidad derive de enfermedad común, también es preciso el cumplimiento de una serie de requisitos de cotización en función del grado de invalidez.
Así, el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales) se encarga de la gestión de la pensión no contributiva de invalidez. Se trata de un tipo de pensión pensada para las personas que no tienen derecho a una incapacidad permanente.
Desde el IMSERSO indican que «la pensión no contributiva de invalidez asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva».
Pensión no contributiva de invalidez
Uno de los requisitos para cobrar una pensión no contributiva de invalidez es tener reconocida por los servicios sociales una discapacidad igual o superior al 65%. En el caso de la incapacidad permanente no es necesario tener reconocido ningún grado de discapacidad.
Otra condición básica para cobrar la pensión de invalidez del IMSERSO consiste en tener 18 años o más y menos de 65. Además, desde el IMSERSO exigen «residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud».
En esta misma línea, otro de los requisitos imprescindibles de la pensión no contributiva de invalidez es carecer de ingresos suficientes. Es decir, se establece un límite de ingresos para tener derecho a la pensión no contributiva de invalidez.
El IMSERSO considera que existe carencia de ingresos cuando las rentas personales a percibir el cómputo anual son inferiores a 6.784,54 euros al año. El límite de ingresos puede ser superior en caso de haya más personas conviviendo en la misma unidad de convivencia.
Importe de la pensión no contributiva
Otra de las grandes diferencias entre la pensión no contributiva de invalidez y la pensión de incapacidad permanente radica en la cuantía a percibir por la pensión.
Por norma general, el importe de la pensión de incapacidad permanente es mayor al que se percibe por una pensión no contributiva de invalidez del IMSERSO.
El Gobierno de España regula cada año la cuantía de las pensiones no contributivas del IMSERSO. Así, en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 se aprobó un aumento del 15% con respecto a las cuantías del año anterior.
Así, en 2023, el importe mensual de la pensión no contributiva de invalidez es de 6.784,54 euros al año. Este tipo de pensiones se abonan en catorce pagas al año, por lo que también cuentan con dos pagas extraordinarias. Supone un importe mensual de 484,61 euros.
Desde el IMSERSO concluyen que «la cuantía individual actualizada para cada pensionista se establece a partir del citado importe y en función del número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio, de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, no pudiendo ser la cuantía inferior a la mínima del 25% de la establecida».