La herencia es el conjunto de bienes que una persona fallecida deja en posesión de otras personas, las cuáles pueden ser o no herederos forzosos. Eso sí, para que otras personas puedan disfrutar de este patrimonio, debe haberse realizado previamente un testamento legal por escrito. En el que el testador refleje de forma clara y concisa su deseo de cederlo, a quienes no se consideran jurídicamente aptos para recibirlo.
Cuando un familiar muere, tras el período de duelo viene la parte más difícil de todas: la repartición de la herencia. Lo más habitual es que esta sea aceptada por todos los herederos forzosos, y no exista ninguna controversia entre ellos.
No obstante, en ocasiones la persona fallecida pide dejar una parte de su patrimonio a otras personas que no están dentro de su unidad familiar. ¿Es esto legal?. La respuesta es sí, siempre y cuando se cumplan unos requisitos dispuestos por la ley.
En cualquier caso, los herederos forzosos de la herencia de una persona fallecida deben recibir dos tercios del total de sus bienes. Por lo tanto, el tercio restante podrá ser gestionado libremente por el testador si así lo desea y lo refleja en el testamento.
¿Cómo hacer un testamento?
La repartición de la herencia cuando una persona fallece se debe realizar de acuerdo a lo que dicta el Código Civil. En este sentido, en el Art. 659 ,Código Civil se determina que: «la herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona, que no se extingan por su muerte, y que por tanto, son transmisibles a sus herederos o a sus legatarios».
Los denominados ‘herederos forzosos‘ son todos aquellos familiares que deben recibir obligatoriamente una parte de la herencia. La línea sucesoria que se debe cumplir en España es: los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes. En su defecto, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes. O, el viudo o viuda, o la pareja de hecho en algunos derechos forales.
Es muy importante que se realice un testamento antes de fallecer, ya que así organizaremos los bienes de la herencia tal y como deseamos. De hecho, una de las formas más comunes de realizar un testamento es teniendo en cuenta la cláusula ‘del uno para el otro‘. Ya que así dejamos el usufructo de los bienes al cónyuge, hasta que fallezca y pase a sus hijos.
Para hacerlo, solo tenemos que acudir al notario más cercano con el DNI o pasaporte, y dejar por escrito la voluntad. El Notario será el encargado de redactar por escrito reflejando claramente el lugar, fecha y hora en que se ha otorgado.
¿Cuándo se puede dejar una parte de la herencia a quienes no son herederos forzosos?
Como hemos mencionado anteriormente, un tercio de la herencia de una persona puede estar destinada a una persona que no esté dentro de los herederos forzosos si así lo recoge en su testamento. Esto está sujeto a unas condiciones que se deben cumplir para que la repartición se haga de forma correcta y legal:
- Si el testador ha convivido con una persona durante un tiempo y quiere dejarle una parte de la herencia para no dejarla desprotegida.
- Si el fallecido/a no tiene herederos forzosos, el testamento es la única manera de evitar que su herencia quede vacante y pase al dominio del estado. Este podrá donar sus bienes a ONG’s, amigos, u otras personas o entidades.
- Si el dueño de los bienes quiere dejar una mayor parte de la herencia a uno de los herederos forzosos del testamento. Ya sea porque está enfermo o porque considera que merece más parte que los demás.
Por esta razón, realizar un testamento antes de morir es algo que recomiendan todos los expertos. Ya que si queremos que nuestros bienes y el patrimonio se repartan de la forma que deseamos, es necesario que exista este documento firmado que refleje la última voluntad del testador.