Las personas que cobran una incapacidad permanente total en España cuentan con diferentes ventajas, que se recogen dentro de la propia idiosincrasia de este grado de invalidez. Entre todo esto, hay que recordar que la incapacidad total tiene un alto grado de compatibilidad con otras actividades laborales.
En primer lugar, es necesario destacar la protección económica que brinda la incapacidad permanente total a las personas beneficiarias de este tipo de pensión. Por norma general, la cuantía de esta pensión es equivalente al 55% de la base reguladora, aunque puede ser mayor en determinadas circunstancias.
Una pensión de incapacidad permanente total puede aprobarse a raíz de un accidente laboral, un accidente no laboral una, una situación de enfermedad profesional o de enfermedad común.
En este sentido, el hecho causante es determinante para algunos de los aspectos que se relacionan con la incapacidad permanente total.
Ventajas de la incapacidad permanente total
En la mayoría de casos, la incapacidad permanente total se cobra de forma mensual a modo de pensión. Si bien, los expertos de ‘CampmanyAbogados‘ explican que también se puede cobrar de una sola vez a modo de indemnización.
Así, la cuantía de dicha indemnización de incapacidad permanente total puede variar en función de la edad del pensionista en cuestión:
- Menos de 53 años de edad: Indemnización de 84 mensualidades del 55% de la base reguladora:
- 55 años de edad: 60 mensualidades.
- 56 años: 48 mensualidades.
- 57 años: 36 mensualidades.
- 58 años: 24 mensualidades.
- 59 años: 12 mensualidades.
Para tener derecho a cobrar la indemnización de incapacidad permanente total, la persona beneficiaria debe cumplir una serie de requisitos básicos, como tener menos de 60 años de edad. Además, también es obligatorio certificar que las dolencias que padece no tienen previsión de mejoría.
Más beneficios de la incapacidad total
El reconocimiento de una incapacidad permanente total implica la percepción de una pensión del 55% de la base reguladora del trabajador. Así, cuando la persona beneficiaria tiene 55 años o más y se encuentra en paro, la pensión puede ser del 75% de la base reguladora. Este aumento del porcentaje de la base reguladora se conoce popularmente como incapacidad permanente total cualificada.
La pensión de incapacidad permanente total inhabilita al trabajador para realizar su profesión habitual. No obstante, esta pensión se puede compatibilizar con la realización de otras actividades laborales que no entren en conflicto con la pensión de invalidez reconocida. Es más, se puede compatibilizar con otra actividad diferente dentro de la misma empresa, siempre que dicha actividad laboral implique funciones diversas a la profesión habitual del beneficiario de la incapacidad total.
Otra ventaja fundamental del reconocimiento de la incapacidad permanente total es que tiene asimilación de discapacidad del 33% en el ámbito laboral. Es decir, las personas que tienen reconocida una pensión de incapacidad total pueden acceder a las ofertas de trabajo destinadas de manera específica a personas con discapacidad.
Eso sí, la asimilación entre la incapacidad permanente total y la discapacidad del 33% solamente se aplica en el ámbito laboral. Para disfrutar del resto de beneficios sociales y fiscales, la persona con incapacidad total deberá contar con el reconocimiento de una discapacidad igual o superior al 33% en los servicios sociales de la Comunidad Autónoma que le corresponda.