Los contribuyentes de España pueden rendir cuentas con la Agencia Tributaria desde el 11 de abril de 2023, correspondiente a la Campaña de la Renta de 2022. Si bien, no todos los ciudadanos están obligados a presentar la Declaración de la Renta del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
En teoría, todas las personas que trabajen por cuenta ajena, como trabajadores autónomos, sean pensionistas, residan en España y hayan recibido ingresos durante el año 2022, deben presentar la Declaración de la Renta.
Sin embargo, algunas de estas personas no están obligadas a presentar la Declaración. Además, otras personas, por su condición, están exentas de presentar la Declaración de la Renta, como los pensionistas de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.
Mínimo para declarar el IRPF
Para saber si es necesario presentar la Declaración de la Renta o no, hay que tener en cuenta diversos elementos, como los límites de rendimientos del trabajo, límites en rentas inmobiliarias, subvenciones y letras del tesoro, límites en pérdidas patrimoniales y límites en rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales.
Si bien, nos vamos a centrar en los límites de rendimientos por trabajo para saber si es obligatorio o no presentar la Declaración de la Renta y rendir cuentas sobre el IRPF.
Los expertos de ‘TaxDown’, colaborador social de la Agencia Tributaria, indican que «estarán obligadas a hacer la declaración aquellas personas que hayan obtenido ingresos de más de 22.000€ con un único pagador, o más de 14.000€ con varios pagadores. Por lo tanto, las personas que hayan tenido unos ingresos menores a 22.000 o 14.000€ (dependiendo del número de pagadores) no tienen la obligación de presentar la declaración de la renta».
Es decir, las personas con ingresos inferiores a las cifras indicadas durante el año 2022 no están obligadas a declarar el IRPF y rendir cuentas con la Agencia Tributaria en la Campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2023.
No obstante, aunque no exista obligatoriedad, puede ser recomendable presentar la declaración, en caso de que el resultado salga a devolver. Es decir, en caso de que la Agencia Tributaria tenga que pagar al ciudadano. «En caso de no querer presentar la renta cuando no estás obligado, Hacienda mantendrá ese dinero y se lo quedará», avisan los expertos de ‘TaxDown’.
Límites de rendimientos del trabajo
Cuando existe un único pagador, el límite por rendimientos del trabajo para presentar la Declaración de la Renta es de 22.000 euros. Desde ‘TaxDown’ explican que «en el caso de que no se obtenga esa cifra, pero haya varios pagadores, no estaremos obligados siempre y cuando la suma de lo ingresado por el segundo y demás pagadores no supere en su total 1.500€ brutos anuales«.
Si el usuario tiene más de un pagador, el límite es de 14.000 euros. Eso sí, siempre que la suma del segundo y más pagadores no sea superior a 1.500 euros al año. En este caso, tampoco se está obligado a rendir cuentas sobre el IRPF.
Este límite de 14.000 euros también se establece en caso de recibir pensiones compensatorias del cónyuge por alimentos no exentas, en casos en los que el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos íntegros del trabajo estén sujetos a una retención fija.