La figura de heredero es una posición que no se elige y que sin embargo, conlleva varias responsabilidades. Cuando una persona fallece, los herederos son las personas que suceden al causante en lo que a la herencia se refiere. Esto significa, que deberán asumir o aceptar, todos aquellos bienes, obligaciones y derechos, que no se extinguen con la muerte de una persona.
A priori, el desconocimiento en este tema confunde al pensar, que un heredero siempre va a recibir beneficios. Este pensamiento tan extendido, se debe a la falta de información con respecto al derecho de sucesiones. Y es que es habitual que muchas personas obvien estos temas por no ser agradables, hasta el momento en el que deben hacerle frente.
Una de las primeras cosas que se debe tener clara, es que cuando se plantea la situación de ser sucesor en una herencia, existen varias posibilidades. En primer lugar, aceptarla. De este modo, la persona se hace responsable tanto de los beneficios como de las deudas que pudiera tener el causante.
Otra opción es aceptarla a beneficio de inventario. En este caso, el heredero puede aceptar la herencia sin comprometer su patrimonio personal. Por último, existe la opción de renunciar a la misma. Cabe señalar, que sea cual sea la decisión elegida, debe hacerse en firme mediante escritura pública.
Renunciar a una herencia a favor de otro heredero
Que una persona renuncie a una herencia, puede darse por muchos y diversos motivos. Quizás no quiera hacerse cargo de esa responsabilidad. Puede que contemple que existan deudas y así las evite, o puede que su objetivo sea beneficiar a otro heredero. Sea cual sea el motivo, toda persona en la que recaiga la figura de heredero, puede renunciar a la herencia. Eso sí, una de las cosas que debemos tener claras, es que este acto debe hacerse obligatoriamente mediante escritura pública.
Sin embargo, cuando una persona decide renunciar a una herencia, pueden producirse diferentes situaciones. Todas ellas dependen de la situación previa que el causante haya dejado solucionada (o no). Esto quiere decir, que la existencia o no de testamento, juega un papel fundamental a la hora del destino de la herencia tras la renuncia.
Si el causante fallece sin testamento, es decir, se trata de una sucesión intestada, la renuncia de cualquier heredero produce un aumento de la cuota del resto de los herederos. Es decir, este acto tendrá como consecuencia que el caudal hereditario recibido por el resto de herederos, acrezca por partes iguales.
Sin embargo, si el causante fallece con testamento y tiene hijos, pueden darse dos situaciones. Estas dependerán de lo expuesto en dicho documento:
- Por una parte, puede producirse el mismo efecto que la herencia intestada. Es decir, que aumente las cuotas del resto de los herederos.
- Pero puede darse una segunda circunstancia si el testador así lo contempla. Es la institución de la sustitución vulgar, es decir, la renuncia del heredero, hace que su parte pase a sus hijos.
Beneficiar a un heredero
Un último caso, es aquel en el que se renuncia a la herencia en favor de un heredero concreto. Esta renuncia es perfectamente legal. Por lo que en estos casos, toda la cuota del heredero renunciante, pasaría a incrementar el caudal hereditario de la persona que este designe en su escritura de renuncia.
No obstante, es muy importante tener en cuenta que en estos casos, la jurisprudencia entiende que cuando se produce una renuncia en favor de una persona concreta, hay una aceptación previa de la herencia y posteriormente una donación. Por tanto, en estos casos es fundamental saber que la persona en favor de la cual se realiza la renuncia de la herencia, tendrá que proceder al pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.