La pensión de incapacidad permanente es una pensión contributiva del sistema español destinada a paliar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador a causa de una lesión o enfermedad, que reduce o anula la capacidad laboral del trabajador. En este sentido, la incapacidad permanente puede derivar de enfermedad común, accidente de trabajo, enfermedad profesional o accidente no laboral.
Hay que tener en cuenta que la pensión de incapacidad permanente se puede percibir durante toda la vida, aunque tiene carácter revisable por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). A partir del cumplimiento de la edad de jubilación, la pensión de incapacidad ya no se podrá revisar por la Seguridad Social.
Incapacidad permanente y fallecimiento
Muchos ciudadanos se preguntan qué ocurre con una pensión de incapacidad permanente tras el fallecimiento de la persona beneficiaria. Así, es necesario aclarar que la pensión de incapacidad permanente no se puede heredar, independientemente del grado de invalidez reconocido en la pensión.
No obstante, si el trabajador que percibía la incapacidad permanente tenía cónyuge e hijos, el cónyuge podría tener derecho a cobrar una pensión de viudedad y los hijos una pensión de orfandad. Eso sí, siempre que se cumplieran las condiciones oportunas para tener derecho a percibir dichas pensiones contributivas.
Lo que hay que tener claro es que si una persona con incapacidad permanente fallece, el derecho a esa pensión de incapacidad permanente. No puede pasar a otra persona. Sin embargo, el fallecimiento de la persona beneficiaria podría dar lugar a que determinadas personas puedan cobrar una pensión de viudedad o pensión de orfandad.
Por otra parte, desde la Seguridad Social informan que «el fallecimiento de un pensionista de jubilación o incapacidad permanente de nivel contributivo dará derecho a percibir una cuantía en concepto de auxilio por defunción a quienes hayan soportado los gastos del sepelio».
Extinción de la pensión de incapacidad
La pensión de incapacidad permanente se extingue tras el fallecimiento de la persona beneficiaria. Si bien, existen diferentes situaciones que pueden provocar la pérdida del derecho a la pensión de invalidez en vida. Estos son algunos de los motivos más importantes:
- No acudir a una cita de revisión de la pensión de incapacidad permanente ante el Tribunal Médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- No aportar informes actualizados sobre el estado de salud en un periodo de revisión de incapacidad. Es fundamental presentar informes médicos actuales para que el INSS valore la situación del trabajador.
- Una mejora en el estado de salud puede provocar la retirada del derecho a la pensión de incapacidad permanente o que el INSS considere que al trabajador le corresponde un grado menor de invalidez.
- Error en el diagnóstico. Un error en el diagnóstico inicial del INSS también puede ocasionar una retirada de la pensión de incapacidad.
- No presentar fe de vida. Si una persona beneficiaria de una pensión de incapacidad permanente viaja a otro país durante muchos años, debe presentar cada año el documento de ‘fe de vida’ a la Seguridad Social. No presentar este documento también puede ser motivo de pérdida de la pensión.
Finalmente, realizar comportamientos inadecuados también puede derivar en la retirada del derecho a cobrar la pensión de invalidez. Es decir, llevar a cabo actividades de ocio que no se ajusten al grado de incapacidad reconocido por el INSS.