Los trabajadores autónomos afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) cuenta con un sistema diferente de cotización a la Seguridad Social. Además, también deben actuar en base a unas normas específicas en función de su colectivo laboral.
En este año 2023 ha entrado en vigor el nuevo sistema de cotización de trabajadores autónomos por ingresos reales. Este sistema cuenta con 15 tramos de cotización, que se atribuye a cada trabajador una cuota en base a sus ingresos netos.
El Gobierno de España anunció este nuevo sistema como un avance para los trabajadores autónomos. Sin embargo, desde su entrada en vigor el 1 de enero de 2023, ha generado una importante controversia entre este colectivo de trabajadores y organizaciones de autónomos.
Acción de los autónomos de la Seguridad Social
Los trabajadores autónomos tienen la posibilidad de realizar diferentes actividades laborales al mismo tiempo, tal y como permite el RETA de la Seguridad Social. Así, si un autónomo lleva a cabo diversas actividades laborales, debe comunicarlo a través de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
El plazo para comunicar el inicio de nuevas actividades laborales es de tres días desde el inicio de dicha actividad laboral. Para presentar dicha información, el trabajador autónomo necesita el código del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y la Administración Tributaria a la que pertenece.
Por otra parte, también se exige acreditar el código de actividad del CNAE, salvo en caso de los religiosos. Es necesario establecer la fecha de inicio de la actividad y el domicilio. En caso de que fuese necesario, la Seguridad Social podría solicitar alguna documentación adicional al trabajador.
Tarifa plana en 2023
El nuevo sistema de cotización de trabajadores autónomos también incorpora la tarifa plana. En este caso, los nuevos trabajadores autónomos solo tendrán que pagar 80 euros al mes durante el primer año de actividad. La tarifa plana puede prorrogarse un año más si los ingresos del trabajador no han superado el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) durante el primer año.
#Duda «¿Qué tengo que hacer si como #autónomo trabajo en actividades distintas?»
👉Tienes que comunicarlo en la Tesorería General de la Seguridad Social: https://t.co/CCGfHXj69W
📌📌Tu alta y cotización en autónomos será única pic.twitter.com/ZrwmwYsJtC
— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) February 13, 2023
Así, enero de 2023 ha sido el primer año en el que se ha aplicado el nuevo sistema de cotización a la Seguridad Social, con los 15 tramos mencionados anteriormente y la nueva cuota de tarifa plana. Sin embargo, la Seguridad Social ha cometido un error a la hora de cobrar la cuota de cotización.
En este sentido, la Seguridad Social ha cobrado por error la cuota mínima a 8.000 nuevos trabajadores autónomos, que sólo debían pagar la cuota de 80 euros de la tarifa plana. Desde la Seguridad Social han informado públicamente que subsanarán el error en las próximas semanas.
Otra de las polémicas que han rodeado al nuevo sistema de cotización de autónomos es la aplicación en la cuota del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). Se trata de una cotización extra que ha incorporado el Gobierno de España para engordar la ‘hucha de pensiones’ de cara a la futura generación del Baby Boom.
El MEI también se aplica a los trabajadores asalariados, aunque en este caso un 0,5 de cotización corresponde al empresario y un 0,1 al trabajador. Para los trabajadores autónomos se aplica el 0,6 directamente, lo que ocasiona una subida importante de la cuota de cotización a pagar a la Seguridad Social.