El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda económica gestionada por el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal). Se trata de un subsidio dirigido a las personas que tienen 52 años o más, están en paro y han agotado el derecho a agotar la prestación contributiva por desempleo. Así, esta ayuda económica cuenta con importantes ventajas para las personas beneficiarias.
Una de las ventajas más interesantes es que permite seguir cotizando a la Seguridad Social durante su percepción. Una cotización de cara a la futura jubilación de la persona beneficiaria. Desde el SEPE informan que «la entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento».
La cuantía económica que percibe una persona beneficiaria del subsidio para mayores de 52 años en 2023 es de 480 euros al mes. Esto se debe a que el importe mensual de la ayuda es equivalente al Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Así, el IPREM mensual ha subido a 600 euros en 2023.
Duración del subsidio para mayores de 52 años
El subsidio para mayores de 52 años se puede percibir desde los 52 años de edad. Así, una de las características más particulares de esta ayuda es que se puede cobrar hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación que corresponda al ciudadano.

En 2023, la edad ordinaria de jubilación en España es de 66 años y cuatro meses para las personas que han cotizado menos de 37 años y nueve meses a la Seguridad Social durante su vida laboral. Además, los ciudadanos pueden jubilarse con 65 años y el 100% de la pensión si han cotizado 37 años y nueve meses o más a la Seguridad Social.
Por tanto, en función de la edad de jubilación que corresponda a cada ciudadano, pueden cobrar el subsidio para mayores de 52 años hasta durante 15 años o 16 años seguidos. Así lo establece la normativa del SEPE al respecto.
Renovación cada año
En cualquier caso, para cobrar el subsidio para mayores de 52 años de forma ininterrumpida hasta alcanzar la edad de jubilación, la persona beneficiaria debe seguir cumpliendo cada año los requisitos de cotización exigidos inicialmente para tener derecho a la ayuda.
Además, cada año se debe presentar ante el SEPE la Declaración Anual de Rentas (DAR). El DAR es un documento oficial con el que el ciudadano certifica que sigue cumpliendo el requisito de carencia de rentas. Es decir, que carece de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.
La persona perceptora del subsidio dispone de 15 días hábiles para presentar la Declaración Anual de Rentas, a contar a partir del cumplimiento de doce meses desde la percepción inicial del subsidio para mayores de 52 años o desde la última renovación. No presentar este documento puede conllevar la suspensión del pago de la ayuda y las cotizaciones a la Seguridad Social por parte del SEPE.