Que un testamento esté hecho bien y de forma correcta va a evitar grandes problemas en los herederos en el futuro. Y es que hablar de la muerte, y en este caso del testamento, es un tema jocoso del que nunca se quiere hablar, pero en el que es mejor adelantarse y dejarlo todo legalmente organizado. Si se actúa de esta manera, los herederos sabrán que hacer con sus bienes cuando llegue el momento y así se evitará que exista un conflicto entre ellos.
A la hora de realizar el testamento, debemos de recordar que es un trámite sencillo, pero costoso, pues se tendrá que pedir cita a un notario, presentar el DNI y explicarle como se quiere realizar la repartición de bienes. Aunque hay que tener en cuenta que el testamento no se puede hacer a nuestro gusto, sino que hay que tener en cuanto la legislación vigente sobre ese tema. También existe una modalidad que permite suscribir un testamento en vida sin la presencia de un profesional notario.
Y es que ese es un tema que siempre da mucho que hablar, ya que no se puede hacer el testamento al gusto, sino que hay que una series de obligatoriedades que se deben de cumplir si o si.
¿Quién puede ser heredero en un testamento?
En este caso vamos a hablar sobre que persona puede ser heredera de un testamento. Y es que en muchos casos nos vemos con gente que piensa que es totalmente libre para decidir sobre el destino de su patrimonio, bienes y derechos tras la muerte.
Sin embargo, la Ley pone unas limitaciones que se deben de tener en cuenta en el momento de legar el testamento. En este sentido, debes saber que podrás elegir libremente a la persona, personas, empresas o instituciones que desees como legítimos herederos. Eso sí, habrá que atenerse a unos porcentajes que limitarán tu decisión.
Por ejemplo, debes de tener en cuenta que no vas a ser libre de decidir al cien por cien quien va a heredar tu dinero. Y es que así es como lo recoge la legislación.
Por ello, debemos de tener en cuenta que dos tercios de toda la herencia, según el Código Civil, deben ir obligatoriamente destinados a familiares directos. Para ello, se debe de seguir la sucesión hereditaria de los llamados ‘herederos forzosos’:
- Hijos y descendientes
- Padres y ascendentes
- Cónyuge
- Hermanos y sobrinos
- Otros parientes hasta cuarto grado de consanguinidad
- El Estado
El orden funciona de la siguiente manera: en caso de que no exista el primer grupo, esos dos tercios irán al segundo grupo. Y así sucesivamente hasta que, en caso de que no haya nadie a quien dejar la herencia, pues irá a las arcas del Estado.