La pensión de incapacidad permanente absoluta inhabilita al trabajador para cualquier profesión u oficio. Sin embargo, este grado de incapacidad si puede compatibilizarse con una determinada actividad laboral, siempre que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) considere que no entre en conflicto con el grado de incapacidad reconocido.
En este sentido, la cuantía de la pensión de incapacidad permanente absoluta es equivalente al 100% de la base reguladora. Es uno de los grados de invalidez en el que se percibe una mayor cuantía en la pensión, debido a que se inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio.
Hay que tener en cuenta que la incapacidad permanente absoluta es revisable por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Por tanto, no tiene carácter definitivo. Así, la incapacidad absoluta puede derivar de accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad común o enfermedad profesional.
Perder la incapacidad permanente absoluta
Principalmente, la incapacidad permanente absoluta se puede perder si la persona beneficiaria deja de estar limitada para desempeñar cualquier actividad laboral. Desde ‘CampmanyAbogados‘ explican que «el INSS puede tener noticia de cambios en el estado de salud del pensionista porque puede consultar los de la Sanidad pública».

Es decir, desde la Seguridad Social pueden considerar que el pensionista ha mejorado su estado de salud en base de algunos de estos informes que se vayan emitiendo. En este caso, el INSS puede convocar al ciudadano para realizar una revisión de la incapacidad permanente absoluta.
Así, estas son las principales causas por las que un ciudadano puede perder el derecho a percibir una pensión de incapacidad permanente absoluta en España:
- Descubrir que la persona está desarrollando un nuevo trabajo incompatible con la pensión de incapacidad permanente absoluta.
- Si el INSS tiene conocimientos de que dicha persona está llevando a cabo regularmente comportamientos no coherentes con las afecciones que presenta. Para ello, debe contar con pruebas lo suficientemente sólidas que permitan retirar el derecho a la incapacidad permanente absoluta.
- Debido a un error de diagnóstico. Es decir, el INSS necesita evaluar nuevamente las limitaciones del ciudadano para trabajar, ya que no se examinaron correctamente en su momento.
- No presentarse a una cita de revisión también puede ser motivo para que el INSS retire el derecho a la incapacidad permanente.
En definitiva, los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘ explican que el procedimiento legal para retirar la incapacidad permanente absoluta es a través de la revisión del grado reconocido.
Revisión de incapacidad absoluta
La incapacidad permanente absoluta siempre es susceptible de revisión por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Normalmente, la Seguridad Social establece una fecha de revisión cada dos años desde el reconocimiento de la pensión de incapacidad o desde la última revisión.
Fruto de una revisión de incapacidad permanente absoluta pueden darse varios escenarios;
- Mantenimiento del mismo grado de incapacidad.
- Aumento del grado de incapacidad a Gran Invalidez.
- Reducción de la incapacidad a total o absoluta.
- Retirada de la pensión de incapacidad absoluta por mejoría.
Hay que tener en cuenta que el INSS también puede citar de forma extraordinaria al beneficiario de la incapacidad absoluta, al tener conocimiento sobre alguna situación que podría provocar la retirada del derecho a la pensión.