Entre los diferentes subsidios por desempleo que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se encuentra el subsidio extraordinario por desempleo. Así, en el año 2023 se aplicarán diferentes modificaciones que tendrán efectos directos sobre esta ayuda no contributiva que ofrece la Seguridad Social.
Concretamente, el subsidio extraordinario por desempleo (SED) es una ayuda no contributiva dirigida a personas en paro que han agotado el derecho a cualquiera de los subsidios por desempleo. También se dirige a las personas paradas de larga duración.
Hay que tener en cuenta que el SEPE también gestiona otros subsidios, como el subsidio para mayores de 52 años, subsidio para mayores de 45 años, subsidio con cargas familiares o subsidio por cotización insuficiente.
Cambios de cuantía del subsidio en 2023
El subsidio extraordinario por desempleo tiene una cuantía mensual equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Desde el SEPE informan que «el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) es un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo. Nació en 2004 para sustituir al Salario Mínimo Interprofesional como referencia para estas ayudas».
En este año 2022, el importe mensual del SED es de 463,21 euros al mes. Sin embargo, el Gobierno de España ha aprobado en los Presupuestos Generales del Estado una subida del IPREM mensual a 600 euros. Esto provocará que la cuantía mensual del subsidio extraordinario por desempleo sea de 480 euros en 2023.
Por su parte, la duración máxima de este subsidio es de 180 días y la persona en cuestión no podrá percibir la ayuda en más de una ocasión. Así lo establece la normativa del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Requisitos del SED en 2023
Además de la modificación expuesta inicialmente sobre la cuantía, para tener derecho al subsidio extraordinario por desempleo, también es necesario que se cumplan otros requisitos esenciales en 2023:
- Estar en situación legal de desempleo. Además, el empleo se debe haber perdido de manera involuntaria.
- Carecer de derecho a la protección por desempleo a nivel contributivo o asistencial.
- No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación.
- No haber percibido previamente el subsidio extraordinario por desempleo.
- En el momento de realizar la solicitud, la persona interesada no puede estar realizando una actividad laboral.
Otro requisito fundamental es que la persona solicitante debe carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.
Actualmente, el SMI es de 1.000 euros brutos. No obstante, el Gobierno de España tiene intención de incrementar el Salario Mínimo Interprofesional en 2023. Esta medida podría tener un efecto directo en los requisitos de acceso al subsidio extraordinario por desempleo.
Finalmente, en función del colectivo al que se dirija el subsidio extraordinario por desempleo, desde el SEPE podrían solicitar algún requisito específico.