Hay dos razones principales por las que el precio de los contratos de arrendamiento ha encarecido de forma exponencial en los últimos meses. Una de las más importantes es la inflación, que está causando que el valor de muchos bienes y servicios se hayan elevado a cifras que algunos ni se podían imaginar. Y, por otro lado, al aumento de los valores del Índice de Precios al Consumo (IPC). Una variable indicativa del precio del contrato de arrendamiento para los propietarios de viviendas en alquiler de larga duración.
Actualmente está en vigor una ley que no permite a los arrendadores de estos pisos en alquiler sobrepasar el límite del 2% para las actualizaciones de rentas de arrendamiento. Esta normativa sería vigente hasta el 31 de diciembre de 2022.
Sin embargo, ahora el Gobierno ha acordado un pacto con EH Bildu para prorrogar el control del precio en las rentas del alquiler hasta el 31 de diciembre de 2023. Además, también han pactado que las pensiones no contributivas vuelvan a subir el 15% el año que viene.
La inflación de precios ha sido clave para prorrogar este límite del 2% en los precios de los alquileres
Desde el pasado mes de marzo se aprobó el primer paquete de medidas especiales por la crisis bélica y sus consecuencias económicas. Así, esta nueva prórroga del límite al precio de los alquileres se incluirá dentro del nuevo real decreto ley de medidas anticrisis, que el Gobierno espera aprobar a finales de este año.
Tal y como informa el diario El País: «Esta regla estaba vigente hasta el próximo 31 de diciembre. Pero uno de los socios del Gobierno de coalición, Unidas Podemos, ya dijo que pediría su prolongación. Si llegado el momento se mantenían las circunstancias que motivaron la decisión».
La circunstancia que ha respaldado la decisión de prorrogar esta ley durante un año más no es más que la inflación. Los precios al alza hicieron que muchos inquilinos se vieran expuestos a subidas equivalentes en sus rentas de alquiler. Por lo que el Gobierno se vio obligado a tomar medidas, para evitar una aumento abusivo de las actualizaciones que cada año se permite realizar a los propietarios según el IPC.
¿Quiénes no están sujetos a este límite de precios en los contratos de arrendamiento?
En el caso de los pequeños arrendadores de viviendas en alquiler, estos no están sujetos a este límite del 2%. Eso sí, a pesar de que se permite negociar una subida superior, si el inquilino no está de acuerdo, entonces se aplica el 2%.
Además, estas reglas son válidas para todos los alquileres vigentes en España. Pero no suponen un tope para nuevos contratos. Cuya renta se sigue pactando libremente entre arrendador y arrendatario sin necesidad de que estén sujetos a esta ley que limite el precio del alquiler.
El sector inmobiliario se posiciona en contra
Por último, cabe destacar que el sector inmobiliario se ha posicionado en contra de esta nueva prórroga del límite de precios en el alquiler de viviendas. Así lo ha afirmado Ferran Font, director de Estudios de www.pisos.com, quien ha advertido que «la inestabilidad jurídica podría generar aún más caída de oferta, un hecho especialmente grave en grandes capitales”.