Este sábado 29 de octubre se celebra el Día Mundial del Ictus, una enfermedad con un elevado grado de mortalidad y que puede dejar importantes secuelas en el paciente si no se ataja el problema de forma inmediata. Así, con motivo de este día, las principales organizaciones tienen como objetivo concienciar sobre la importancia de la rehabilitación tras el ictus, seguir unos hábitos de vida sana y mejorar el abordaje de esta enfermedad por parte de la Administración Pública. Se trata de una enfermedad que puede originar el derecho a cobrar una incapacidad permanente en determinados casos.
Desde la ‘Fundación Ictus‘ explican que «un ictus es una alteración súbita de la circulación de la sangre al cerebro. La interrupción del flujo sanguíneo puede ser por el taponamiento o la rotura de una arteria cerebral. El tiempo de respuesta es muy importante, ya que se trata de una enfermedad aguda que afecta al cerebro y puede comprometer una o más funciones cognitivas, motoras y sensitivas, entre otras».
Algunos trabajadores pueden cobrar una pensión de incapacidad permanente a causa de un ictus, especialmente por las secuelas que deja el ictus en la persona. Hay que tener en cuenta que el ictus requiere de una respuesta inmediata, ya que cada minuto que pasa mueren dos millones de neuronas. Si bien, el ictus también se conoce popularmente como infarto cerebral, derrame cerebral, embolia, trombosis y apoplejía.
Incapacidad permanente por ictus
El ictus puede ser una enfermedad causante del derecho a percibir una pensión de incapacidad permanente en cualquiera de sus grados. Así, los expertos de ‘CampmanyAbogados‘ argumentan que «para que las secuelas de un accidente cardiovascular o ictus se puedan considerar como permanentes, no se dispone de un criterio general. En su lugar, para determinar una incapacidad permanente por ictus se debe atender caso a caso, donde el neurólogo y los rehabilitadores han de observar una progresión o estancamiento de la mejoría».
La pensión de incapacidad permanente es una pensión contributiva que trata de paliar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador a causa de una lesión o enfermedad, que reduce o anula su capacidad laboral. Así, existen cuatro tipos, principalmente, de tipos de incapacidad permanente, que varía en función del grado de incapacidad que genera en el trabajador.
Así, la incapacidad permanente parcial es poco habitual en las personas afectadas por un ictus, aunque puede darse en aquellas personas que presentan una pequeña limitación de movilidad o ligera disartria.
Gracias de incapacidad e ictus
Según los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘, la pensión de incapacidad permanente total es el grado más común que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) suele conceder por ictus. Ocurre, especialmente, cuando la persona presenta un déficit de fuerza o parálisis de las extremidades en profesiones de esfuerzo o riesgo.
«Una incapacidad permanente absoluta por ictus se otorgará si la parálisis llega al punto de provocar una claudicación a distancias cortas. O si se presentan crisis vertiginosas o migrañosas recurrentes, o cuando el déficit cognitivo es moderado-severo», informan los especialistas.
Finalmente, para que el INSS conceda una incapacidad permanente por ictus, es necesario que las secuelas tengan un elevado nivel de parálisis, requiriendo silla de ruedas para el desplazamiento y la ayuda de terceras personas para llevar a cabo las actividades básicas de la vida.