La baja médica por incapacidad temporal es una situación en la que el trabajador se encuentra incapacitado temporalmente para desarrollar su actividad laboral habitual. Cuando el trabajador recibe el alta médica, debe volver a su puesto de trabajo con normalidad.
Sin embargo, una situación de incapacidad temporal puede derivar en el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente, por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Las contingencias que pueden dar lugar a una incapacidad temporal son accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad común y enfermedad profesional; al igual que ocurre con la pensión de incapacidad permanente.
Ingresos en la incapacidad temporal
La prestación económica a percibir por una situación de baja laboral por incapacidad temporal, depende en gran parte del origen de la incapacidad. En caso de derivar de enfermedad común o accidente no laboral, para determinar la base reguladora se utiliza la cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior a la baja.
Así, se cobrará un porcentaje del 60% de la base reguladora desde el día 4 hasta el 20 de incapacidad temporal, ambos incluidos. A partir del día 21 en adelante, el trabajador percibirá el 75% de la base reguladora.
Si bien, los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘ explican que «algunas empresas y también algunos Convenios Colectivos complementan hasta el 100% por lo que debes mirar el Convenio Colectivo aplicable a tu contrato».
En cualquier caso, para tener derecho a la baja laboral por incapacidad temporal es necesario estar afiliado y en alta o situación asimilada de alta; así como contar con un periodo de cotización cubierto de 180 días en los 5 años anteriores.
Accidente de trabajo o enfermedad profesional
La percepción de la cuantía a recibir por incapacidad temporal varía en caso de derivar de accidente de trabajo o enfermedad profesional. En esta situación, para calcular la base reguladora es necesario sumar la base de contingencias profesionales del mes anterior a la baja y la cotización de las horas extraordinarias del año natural anterior.
En este tipo de baja laboral, el trabajador percibe el 75% de la base reguladora desde el primer día en situación de incapacidad temporal. Si existe convenio, también es posible que la empresa pueda complementar hasta el 100% de la base reguladora.
En definitiva, la cuantía a percibir por una incapacidad temporal depende de las bases de cotización del trabajador y de la contingencia que origina la situación. Es decir, influye en gran medida el salario que percibe habitualmente el trabajador por desarrollar su profesión.
Por otra parte, la finalización de la baja laboral por incapacidad temporal se puede suceder por determinados elementos. Entre otras cosas, por recibir el alta médica, reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente, agotamiento del plazo máximo de duración de incapacidad temporal, jubilación del beneficiario y por fallecimiento.