Hace tan solo unos días, el Consejo de Ministros del Gobierno de España ha aprobado el Real Decreto-Ley para mejorar las condiciones laborales de las personas trabajadoras del hogar. Entre otras cosas, a partir de octubre de 2022, tendrán derecho a recibir la prestación contributiva por desempleo o subsidio por desempleo del SEPE cuando cese la actividad laboral.
Con la medida aprobada por el Ejecutivo Central, las empleadas del hogar dejan de ser el único colectivo laboral que carecía de protección ante situaciones de desempleo. Todo ello, teniendo en cuenta que la mayoría cuenta con relaciones laborales a tiempo parcial o intermitente. Además, el régimen especial de la Seguridad Social permitía hasta el momento los despidos arbitrarios sin ningún tipo de indemnización.
La nueva normativa elimina la figura del desistimiento. Es decir, a partir de ahora será necesario que los empleadores expliquen los motivos por los que se produce la finalización del contrato de la persona trabajadora del hogar, en su mayoría mujeres.
Cuantía del subsidio por desempleo
Desde el Gobierno de España indican que «en este contexto de especial de vulnerabilidad, la prestación del desempleo constituye, desde la perspectiva de la justicia social, una necesidad ineludible». Igualmente, también tendrán derecho a los diferentes subsidios por desempleo gestionados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), al igual que el resto de trabajadores por cuenta ajena.
Respecto a la cuantía económica que recibirán las empleadas del hogar por el subsidio por desempleo, es necesario añadir que es equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas a Efectos Múltiples (IPREM). En concreto, en 2022, se trata de un importe de 463, 21 euros.
La duración de percepción dependerá de las características específicas del subsidio por desempleo al que se acoja la empleada del hogar en una situación de paro. Estos subsidios por desempleo se pueden solicitar en la Sede Electrónica del SEPE, por correo administrativo, oficina de prestaciones o cualquier oficina de registro público.
Los profesionales del SEPE informan que «el pago de los subsidios por desempleo se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Se efectuará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indique, siempre que sea titular de la misma».
Protección a las empleadas del hogar
Además de permitir el acceso a la prestación contributiva por desempleo y subsidios, también se han incorporado nuevas medidas para mejorar la protección social y laboral del colectivo de personas trabajadoras del ámbito del hogar. Entre otras cosas, se potencia la acreditación de competencias.
«El Gobierno desarrollará políticas de formación y acreditación para las personas empleadas del hogar dedicadas al cuidado o la atención de las personas que formen parte del ámbito doméstico y familiar. Estas iniciativas tendrán en cuenta las particulares condiciones de trabajo en este sector y las personas trabajadoras que desarrollan su actividad en él», informan desde la Seguridad Social.