El Gobierno de España ha aprobado recientemente la Ley Orgánica sobre Salud Sexual y Reproductiva, que permitirá a las mujeres acogerse a una baja laboral de incapacidad temporal por dolores de regla. Es decir, podrán recibir la baja médica por procesos de reglas dolorosas.
Muchas mujeres en España sufren dolores elevados durante la menstruación. Sin embargo, hasta el momento, no existía ninguna normativa al respecto que protegiese a las mujeres en caso de no poder acudir al trabajo por dolores menstruales.
Con esta nueva Ley, el Gobierno pretende dotar de protección a las mujeres con regla dolorosa mediante la baja laboral por incapacidad temporal. En cualquier caso, para tener derecho a esta incapacidad temporal es necesario el cumplimiento de una serie de requisitos.
Requisitos baja laboral por regla
Es decir, no todas las mujeres con regla dolorosa tienen por qué recibir la incapacidad temporal. Hay que tener en cuenta que el dolor menstrual se vuelve insoportable. En muchas ocasiones no permite a la mujer realizar su actividad laboral con normalidad.
Con la aprobación de esta Ley Orgánica, la ministra de Igualdad, Irene Montero, explica que «·es la primera que reconoce los derechos menstruales y lucha contra el silencio histórico de la menstruación».
Así, la Seguridad Social se encargará de asumir el coste de la baja laboral por incapacidad temporal, para todas aquellas trabajadoras que se acojan a la normativa. En este contexto, tendrán derecho a cobrar toda la prestación desde el primer día.
Cómo pedir la incapacidad temporal por regla
El primer paso a seguir para obtener la baja médica por incapacidad temporal por motivo de regla dolorosa, es acudir al médico de cabecera de la Seguridad Social. Es responsabilidad del especialista médico determinar si dichos dolores son suficientes para recibir una incapacidad temporal.
En caso de que sea un dolor incapacitante, el doctor también establecerá los días en los que la mujer en cuestión permanezca de baja laboral. Además, enfermedades como la endometriosis o cáncer de útero también se tendrán en cuenta para los informes médicos.
La medida aprobada por el Gobierno de España ha suscitado una gran polémica en gran parte de la sociedad, ya que se denuncia que muchas mujeres obtendrán esta baja laboral sin realmente presentar los síntomas graves mencionados.
Sin embargo, desde el Gobierno de España explican que para tener derecho a la incapacidad temporal por regla dolorosa será necesario cumplir determinados. Además, la baja laboral se establecerá inicialmente por solo tres días, aunque prorrogables en dos días más si el médico lo considera necesario.
Otro aspecto clave es que el permiso por regla incapacitante tendrá carácter anual. Así, debe presentarse a la empresa para que tenga conocimiento de esta situación médica de su trabajadora. Dicho permiso debe renovarse antes del 31 de diciembre de cada año, siempre que el médico de cabecera así lo considere.
Con esta nueva medida, las mujeres que se acojan a la incapacidad temporal por regla dolorosa recibirán toda la prestación que le corresponda desde el primer día de baja médica.