Cuando hablamos de albacea nos referimos a una persona que ha sido designada por un testador para llevar a cabo todas las instrucciones especificadas en el testamento. Es la forma de garantizar que se cumpla con la última voluntad del fallecido. En el albacea recaerá la función de velar por la adecuada ejecución del testamento y posterior herencia. Es importante saber que este cargo es algo voluntario, es decir, que no se puede obligar a nadie a ser albacea de nuestro testamento.
La validez del cargo, además, dependerá de su aparición expresa en el testamento ya que será estrictamente necesario que el nombramiento esté establecido en el propio testamento. Asimismo, al ser un cargo voluntario, no es obligatorio ofrecer una retribución económica, pero el testador puede especificar que se le dará una cantidad de dinero por las molestias causadas.
El albacea en un testamento tiene la obligación de hacer cumplir el testamento y, como es de esperar, no puede ocupar este cargo ninguno de los herederos. Igualmente, tampoco podrá delegar las funciones que se le han otorgado en ningún momento. Todo será responsabilidad del albacea.
Las funciones que realizará el albacea también quedarán marcadas en el testamento y deberá velar por el cumplimiento del mismo. Deberá asegurarse de que todas las personas interesadas estén implicadas en el proceso de la herencia.
¿Cuáles son las funciones que debe cumplir el albacea en un testamento?
Como ya hemos adelantado, las funciones las determinará el testador en el propio testamento de la herencia. No obstante, en la actualidad existen dos tipos de albacea. Es importante saber que se pueden designar varios albaceas en un mismo testamento. Todo dependerá de lo que quiera el testador.
¿Quieres saber cuáles son las dos clases de albacea que podemos encontrar y, por tanto, designar? Te lo contamos a continuación:
- Universal: En este caso hablamos de una persona que se quedará a cargo de todo lo relacionado con la herencia hasta la entrega de bienes. Incluye las funciones de contador partidor.
- Particular: Se el atribuirán funciones específicas. Solo se hará cargo de aquello que esté especificado en el testamento.
Las funciones más habituales que se incluyen en la tarea del albacea son la de interpretación del testamento, administrar el testamento y repartir los bienes que se han dejado especificados en la herencia. Asimismo, también se le pedirá el pago de las deudas de la herencia y la protección de los bienes que hayan sido heredados por menores o por personas con discapacidad.
¿Qué ocurre cuando no se especifican las funciones del albacea en el testamento?
En estos casos en los que no se especifican las funciones del albacea en el testamento, se aplicarán las que ya están establecidas por la ley, que son las siguientes:
- Deberá hacerse cargo del entierro y el funeral.
- Confirmar la validez del testamento.
- Velar por la seguridad de los bienes de la herencia.
- Vigilar que el testamento se cumpla.
- Pagar el legado en metálico.
- Garantizar que se hace el inventario de bienes en presencia de los herederos y de otras personas interesadas que estén incluidas en el testamento.
Igualmente, en caso de tener un legado dentro del testamento, el albacea se encargará de informar a la persona que recibirá los bienes de la persona fallecida y garantizará que se cumpla palabra por palabra lo que se especifica en el documento.