El momento de repartición de una herencia implica diferentes elementos a tener en cuenta, no siendo en la mayoría de los casos un procedimiento sencillo. Entre otras cosas, los profesionales participantes deben tener una sensibilidad especial puesto que los herederos implicados acaban de perder a un ser querido.
Por otra parte, la presencia de un testamento facilita de forma considerable el proceso de repartición de una herencia. En caso de que la persona fallecida no haya realizado testamento o no sea válido, la repartición se llevará a cabo en función de la ley de sucesión que se encuentra recogida en el Código Civil.
Además, cuando algunos de los herederos son menores de edad, es importante aplicar una normativa específica. Sin ir más lejos, el menor o menores de edad herederos deben contar con una representación legal que acepte o rechace la parte de la herencia que le corresponde.
La legislación considera que los menores de edad no se encuentran plenamente capacitados para aceptar o rechazar una herencia, debido a un grado inadecuado de madurez. En cualquier caso, será un juez quién se encargue de velar por que no se vulneren los intereses de los menores de edad herederos.
Representación legal del menor en la herencia
En todos los casos, el menor de edad deberá contar con una representación legal en el proceso de repartición de la herencia, cuya principal responsabilidad consistirá en gestionar la sucesión correspondiente.
En la mayoría de casos, si se produce el fallecimiento de uno de los progenitores, la representación legal recaerá en el otro progenitor vivo. Así, serán los responsables de aceptar o rechazar la parte de la herencia que corresponda al menor, siempre bajo la supervisión de profesionales.
Los expertos de ‘OiRealtor‘ argumentan que «la aceptación es comprendida como el acto menos perjudicial para los intereses de la persona menor al aceptar siempre a beneficio de inventario. Es decir, siempre y cuando la sucesión no implique la generación de deudas para el menor».
Por otra parte, si los representantes legales del menor desean rechazar la herencia, deben solicitar una autorización judicial, que garantice que no se está perjudicando al menor de edad. Todo ello, en caso de niños menores de 16 años.
¿Y si ambos padres han fallecido?
Puede darse el caso de que ambos progenitores se encuentren fallecidos. En este caso, los progenitores tienen la posibilidad de determinar en su testamento qué personas ejercerán como tutores legales de sus hijos.
Así, la persona designada en el testamento tendrá toda la responsabilidad legal de aceptar o rechazar la herencia para los menores de edad, dentro de los términos legales expuestos con anterioridad. También será su misión administrar y proteger el patrimonio de los menores de edad.
Por todo lo que implica, siempre es conveniente que los padres seleccionen como tutores legales de sus hijos a personas de confianza. Es una forma de garantizar que el patrimonio de sus hijos estará a buen recaudo hasta que alcancen la mayoría de edad.
En definitiva, este es otro de los motivos importantes por los que se debe realizar un testamento, especialmente cuando hay menores de edad implicados.