Cuando uno de los herederos tiene una discapacidad reconocida, pueden darse diferentes circunstancias en torno a la herencia. Esto ocurre principalmente en aquellos casos en los que el heredero tenga una discapacidad psíquica o se trate de un menor con discapacidad. El testamento es clave para velar por los intereses de estas personas.
El testamento ayuda a que el hijo con discapacidad del testador quede desprotegido tras el fallecimiento de sus progenitores. Incluso, en el propio testamento, el progenitor puede establecer a un tutor legal que se encargue de velar por los intereses de su hijo.
Hay que tener en cuenta que el testamento es un documento oficial que permite a los ciudadanos dejar constancia de sus últimas voluntades, con el objetivo de que se cumplan después de su fallecimiento.
Herencia para personas con discapacidad
Los profesionales abogados de ‘Especialistas en Herencia‘ destacan que es conveniente diferenciar entre discapacidad e incapacitado jurídicamente. Son dos conceptos que pueden parecer similares, pero que no son lo mismo.
Una persona con discapacidad es aquella que presenta un certificado que acredita un grado igual o superior al 33%. Sin embargo, una persona incapacitada jurídicamente es aquella que presenta una alteración psicofísica permanente que le impide tomar decisiones por sí mismo, siendo declarado así por parte de un juez.
Así, las personas tienen la posibilidad de proteger a sus descendientes con discapacidad en el ámbito patrimonial y en el ámbito personal; siempre bajo el amparo de la legislación vigente.
Protección para descendientes en el testamento
En el ámbito patrimonial, el testador tiene la posibilidad de nombrar a un administrador para los bienes que correspondan al menor y/o persona con discapacidad o incapacitado. Esto se puede llevar a cabo incluso si el heredero se encuentra bajo la potestad de padres o tutores.
También es posible nombrar como heredero al hijo, ya sea menor, incapacitado o con discapacidad. A través del testamento, el testador tiene la potestad para legar a la persona con discapacidad el derecho de habitación sobre la vivienda.
En cuanto al ámbito personal, los expertos indican que se puede «designar uno o varios tutores para nuestros hijos menores o incapacitados, como decíamos anteriormente».
Por otra parte, también se puede establecer en el testamento algunas disposiciones respecto al cuidado de los hijos, educación y residencia.
Supongamos que estamos ante un caso de testamento con herencia que corresponde a menores con discapacidad o incapacitados jurídicamente. En este caso, el tutor designado en el testamento no cuenta con capacidad suficiente para aceptar, rechazar o repartir la herencia de sus tutelados.
Para este proceso, es preciso contar con la aprobación judicial que de luz verde a la decisión adoptada por parte del tutor o tutores legales de los herederos correspondientes.