El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) siempre está a disposición de todos los demandantes de empleo y cualquier otro tipo de persona que necesite realizar una gestión en este órgano. En ese mismo sentido, estos días ha querido lanzar una advertencia para todas aquellas personas que quieran pedir o renovar el paro o bien quieran hacerse con algún tipo de los subsidios por desempleo que se ofrecen a las personas que han terminado con la primera de sus ayudas regulares.
Se recuerda en este mismo sentido que las prestaciones por desempleo que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cubren a más de 1,67 millones de personas, según los datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
De alguna manera, todos los requisitos son bastante diferentes según el tipo de ayuda que queramos, siempre con los condicionantes, pero sí que hay exigencias que son comunes a todas estas prestaciones, y hay una que no todo el mundo conoce y que es justo recordar para todas aquellas personas que vayan a realizar un trámite de estas características pronto.
¿Qué recuerda hacer el SEPE a quienes quieran cobrar el paro o el subsidio?
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) subraya en su perfil profesional de Twitter que antes de que vayamos a percibir cualquier tipo de prestación, independientemente de si es la prestación contributiva o un subsidio, debes darte de alta como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo de tu comunidad autónoma.
Por si te queda alguna duda en este mismo sentido, es importante recalcar que esta gestión debemos hacerla en la oficina autonómica de empleo correspondiente, ya sea de forma online o presencial, con lo que no es necesario desplazarse obligatoriamente. Con esa inscripción ya formalizada como demandante de empleo será el SEPE el encargado de conceder o denegar la prestación por desempleo que se haya solicitado.
Cómo pedir la demanda de empleo online
Si lo que quieres es conseguir la demanda de empleo de forma online, sin tener que acudir a tu oficina del SEPE más cercana, es necesario que el ciudadano disponga de alguno de los sistemas de reconocimientos obligatorios en esta situación.
- Un certificado digital (así puede conseguirse de forma sencilla en cuatro pasos)
- Cl@ve PIN o permanente (así puede registrarse para conseguirlas)
- DNI electrónico
Con uno de ellos basta, no hace falta tener los tres. Pero sí que es obligatorio hacerlo mediante DNI electrónico para los habitantes que residen en las ciudades de Ceuta y Melilla, que sí tendrán que hacer el trámite de esta forma, tal y como detalla el SEPE en su Sede Electrónica.