El sistema español contempla diferentes modalidades de jubilación para los ciudadanos. Así, una de ellas permite acceder a la jubilación con unos años de antelación con respecto a la edad ordinaria vigente en cada momento. Se trata de la jubilación anticipada.
Dentro de la jubilación anticipada encontramos varias modalidades, como la anticipada voluntaria, anticipada involuntaria, anticipada por discapacidad o anticipada por motivo de grupo de profesión. Cada una de ella presenta unas características específicas, aunque también comparten puntos comunes.
Para acceder a la jubilación anticipada, la Seguridad Social exige una serie de requisitos concretos, en función de la modalidad que se trate. Si bien, en este ocasión, nos vamos a centrar en los requisitos necesarios para acceder a la jubilación anticipada voluntaria y la anticipada forzosa.
Requisitos para la jubilación cuatro años antes
Primeramente, debemos tener en cuenta que la edad ordinaria de jubilación en 2022 es de 66 años y dos meses para las personas con una cotización inferior a 37 años y seis meses durante su vida laboral; o 65 años para las personas con una cotización igual o superior a 37 años y seis meses de cotización.
Los profesionales del ‘Instituto BBVA‘ aclaran que la norma actual establece una carrera mínima de 35 años de cotización para poder acceder a la jubilación anticipada voluntaria, y 33 años de cotización en caso de la anticipada forzosa.
La actual reforma de pensiones, encabezada por José Luis Escrivá, ha provocado un refuerzo de las penalizaciones en la modalidad anticipada. Por otra parte, se han añadido incentivos para impulsar la jubilación demorada entre los ciudadanos.
En el caso de la jubilación anticipada involuntaria, ya sea por un despido o situación similar, la edad ordinaria se puede adelantar cuatro años como máximo con respecto a la edad ordinaria. Para ello, se exige un mínimo de cotización efectiva de 33 años a la Seguridad Social.
Retiro laboral dos años antes
Si se trata de la modalidad anticipada voluntaria, el ciudadano únicamente puede adelantar su jubilación dos años antes como máximo, en referencia a la edad ordinaria vigente. «Cualquier persona que haya cumplido esa edad puede jubilarse anticipadamente en el periodo comprendido entre ese momento y la edad legal de jubilación», indican desde BBVA.
Igualmente, en el caso de esta modalidad anticipada voluntaria, la Seguridad Social exige una cotización efectiva de al menos 35 años. Los requisitos de cotización son esenciales para acogerse a estas dos modalidades anticipada.
Los trabajadores autónomos también tienen derecho a acogerse a esta modalidad de jubilación anticipada. Sin embargo, no pueden hacerlo en la modalidad anticipada involuntario. Para este colectivo de trabajadores se aplican los mismos requisitos expuestos anteriormente.
Finalmente, otra condición clave en este aspecto es que la pensión obtenida al aplicar los coeficientes reductores, supere a la pensión mínima que correspondería a la persona interesada al cumplir los 65 años. Así lo establece la normativa de la Seguridad Social.
En cualquier caso, hay que tener en cuenta que optar por la jubilación anticipada también conlleva una serie de penalizaciones en la pensión. El importe de los coeficientes reductores dependen de la modalidad anticipada, siendo superior en la jubilación anticipada voluntaria.