Las personas que cuenten con un certificado oficial que acredite una discapacidad de al menos el 33%, pueden acceder a diferentes ‘ventajas’ fiscales y sociales habilitadas por el Gobierno de España, en comparación con otros ciudadanos. Algunos de estos beneficios están relacionados con la adquisición de un nuevo vehículo o adaptación del mismo a la persona con discapacidad.
En este sentido, es necesario aclarar que la discapacidad mínima para tener derecho a la jubilación anticipada es del 45%, por lo que las personas con un grado del 33% no pueden acceder a esta modalidad de jubilación. No obstante, son muchos los beneficios fiscales y sociales disponibles para las personas con un grado de discapacidad de al menos el 33%.
Así, entre los beneficios se encuentra la exención del impuesto de matriculación y circulación para los vehículos matriculados a nombre de personas con movilidad reducida y discapacidad para su uso exclusivo. Igualmente, también se contemplan diferentes ayudas para la adaptación del vehículo a las necesidades de la persona con discapacidad.
Beneficio por discapacidad en la compra de vehículo
Las personas con discapacidad de al menos un 33% pagarán un 0% de matriculación en la adquisición de cualquier nuevo vehículo. Según informan desde la Federación de Ataxias de España (Fedaes), «en muchas situaciones, esta bonificación no viene reflejada en el precio final, ya que según las emisiones de CO2 que expulsa del vehículo, se le impone un impuesto, siendo de 0% aquellos que emiten igual o menos de 120 gr/km».
Por otra parte, en la compra de vehículos nuevos sin matricular destinados a personas con discapacidad en silla de ruedas o movilidad reducida, se aplica un IVA reducido del 4%. Este beneficio se aplica con independencia de la persona que se encargue de conducir el vehículo, siempre que el objetivo del mismo sea transportar a personas con discapacidad.
Es decir, se pasa de un IVA general del 21% al 4%. Se trata de una de las mayores ventajas fiscales a la que tienen derecho las personas con discapacidad de al menos el 33% por la compra de un nuevo vehículo. Además, también están exentos de pagar el impuesto de circulación.
Por otra parte, las personas con movilidad reducida y discapacidad también tienen la posibilidad de solicitar la Tarjeta Europea de estacionamiento. Este documento permite aparcar y estacionar en ciertas plazas reservadas para personas con discapacidad en cada localidad. Se trata de un documento válido en todos los países de la Unión Europea.
Si bien, la concesión de esta tarjeta de estacionamiento depende principalmente de cada Ayuntamiento y Comunidad Autónoma, con el requerimiento del cumplimiento de requisitos claves. Así, este documento genera una serie de derechos, beneficios y obligaciones legales.