Las personas que tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 33% pueden acceder a diferentes «ventajas» sociales y fiscales con respecto al resto de ciudadanos. Todos estos beneficios están habilitados por el Gobierno de España, aunque también se añaden algunos extras en función de cada Comunidad Autónoma.
Un aspecto que debemos tener claro es que las personas con un grado igual o superior de discapacidad al 33% no pueden acceder a la jubilación anticipada por discapacidad; pero si a todos estos beneficios sociales y fiscales. El mínimo grado de discapacidad exigido para acceder a la jubilación anticipada es igual a 45%.
Así, las personas con discapacidad igual o superior al 33% pueden acceder a los siguientes beneficios fiscales y sociales:
- Beneficios fiscales en la Declaración de la Renta y el pago de IRPF.
- Ayudas familiares.
- Reducción del IVA por la compra de un vehículo especial.
- Exención del pago del impuesto de matriculación y circulación.
- Subsidio extraordinario por desempleo.
- Ayudas para autónomos.
- Ventajas para la adaptación de vehículos y viviendas.
- Ventajas de estacionamiento de vehículos.
Así, entre todos estos beneficios también se encuentran determinas ventajas en el acceso a una nueva vivienda. Para ello, el usuario debe contar con el documento acreditativo que certifique el reconocimiento de una discapacidad igual o superior al 33%.
Comprar una vivienda con discapacidad del 33%
Concretamente, el Gobierno de España habilita ayudas para las personas con discapacidad que vayan a comprar una vivienda de protección oficial. Se trata de una ayuda que consiste en pagar la entrada del inmueble y la subvención para los intereses del préstamo solicitado para adquirirla.
Otro aspecto a tener en cuenta es el IVA que se debe pagar al comprar una vivienda. Así, las viviendas de protección oficial (VPO) cuentan con un IVA súper-reducido del 4%. Si bien, únicamente se reserva entre el 3% y el 4% de las viviendas de protección oficial a las personas con certificados de discapacidad.
Al resto de viviendas, se lea aplica un impuesto del IVA del 10%, mientras que a los locales comerciales con capacidad de vivienda, se les aplica un IVA de hasta el 21%.
Por otra parte, las personas con una discapacidad del 33% también puede acceder a diferentes ayudas económicas para la adaptación de una vivienda a sus necesidades. Hay que tener en cuenta que adaptar una vivienda a los requerimientos de una persona con discapacidad puede conllevar un gasto económica considerable.
En ocasiones, la persona con discapacidad no tiene la solidez económica para sufragar dicha adaptación. Desde ‘Fidelitis‘ explican que «en estos casos es posible recibir ayudas para los gastos generados por estas obras de rehabilitación, tales como incorporación de rampas, puertas más anchas, etc. La subvención será total o parcial dependiendo de la renta y del grado de discapacidad del interesado».