Cada pensión tiene su letra pequeña y en muchos casos no todo el mundo logra entenderlas. Arrojar luz se antoja fundamental en lo que a las pensiones no contributivas se refiere, sobre todo aquella que es la pensión no contributiva por invalidez, que muchas personas con discapacidad solicitan al reunir una serie de requisitos. ¿Los conocemos todos? ¿Entran todas las personas con discapacidad en ese cupo destinado a quienes tienen derecho a una pensión no contributiva por invalidez?
El IMSERSO es el encargado de definir, en su oferta de prestaciones y subvenciones, la importancia de la pensión contributiva por invalidez. Lo hace de la siguiente manera:
«El Estado a través de la Seguridad Social garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación la protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones que se contemplan en la Ley General de la Seguridad Social», fija.
Y matiza que esto siempre tendrá lugar si se realiza una actividad profesional o se cumplen los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva.
¿A quién va destinada la pensión no contributiva por invalidez?
El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) aclara que la pensión no contributiva de invalidez asegura a los ciudadanos en situación de invalidez 3 cosas:
- Una prestación económica
- Asistencia médico-farmacéutica gratuita
- Servicios sociales complementarios
Además, el IMSERSO añade que esto se trabajará con independencia de la cotización o no se haya hecho eco de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva.
Principales requisitos para solicitar una pensión no contributiva por invalidez
Los requisitos necesarios para poder solicitar esta pensión destinada a un porcentaje de personas con discapacidad son las siguientes:
En primer lugar, hay que acreditar la carencia de ingresos suficientes, en cómputo anual, para 2022, inferiores a 5.899,60 euros.
El IMSERSO perfila que si son inferiores a 5.899,60 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia.
¿Y qué ocurre con los requisitos específicos de la pensión no contributiva de invalidez? Pues aquí está la clave de todo, según el IMSERSO:
En lo que concierne a la edad, hay que tener 18 años o más años y menos de 65 en total. Y la residencia debe estar en territorio español o haber residido cinco, dos de los cuales debieron ser consecutivos.
Respondiendo a la pregunta del titular, el IMSERSO aclara que el grado de discapacidad para poder obtener la pensión por invalidez debe ser igual o superior al 65%.
De forma que no, no todas las personas con cualquier tipo de porcentaje de discapacidad tendrán acceso, por esta premisa, a la pensión no contributiva por invalidez.