Con la entrada del 2022, el Gobierno de Pedro Sánchez puso en marcha la nueva normativa de accesibilidad. Tiene como objetivo garantizar que las personas con discapacidad no sean discriminadas en el uso de los espacios públicos urbanizados. Dicha norma, que se recoge en el Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge cuales son las condiciones generales de la comunicación y señalización en materia de accesibilidad.
Este documento técnico trata sobre el desarrollo de las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y uso de los espacios públicos urbanizados.
En definitiva, esta norma recoge los principios de autonomía individual; no discriminación, accesibilidad universal y diseño universal o diseño para todos. En este caso, se prestará especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad. Además, también tiene en cuenta la relación con el uso de los apoyos, productos y servicios.
Los expertos definen la accesibilidad o accesibilidad universal es el grado de pendiente el cual permite que cualquier objeto sea utilizado por todo el público, visitar un lugar o acceder a un servicio, independientemente de sus capacidades técnicas, cognitivas o físicas.
De hecho, con el fin de promover la accesibilidad se hace uso de ciertas facilidades que ayudan a salvar los obstáculos o si del entorno, consiguiendo que estas personas realicen la misma acción que pudiera llevar a cabo una persona sin ningún tipo de discapacidad. Estas facilidades son llamadas ayudas técnicas. Entre éstas se encuentran:
- Alfabeto Braille
- Lengua de signos
- Sillas de ruedas
- Señales auditivas de los semáforos
Condiciones generales de la comunicación y señalización
El Boletín Oficial del Estado donde se establece la nueva normativa de accesibilidad recoge en el artículo 40 como deben ser las condiciones generales de la comunicación y señalización. Esta se incluye dentro del capítulo XI, denominado comunicación y señalización.
Por un lado, encontramos que todo sistema de comunicación y señalización que contenga elementos visuales, sonoros o táctiles, a disposición de las personas en los espacios públicos urbanizados, deberá incorporar los criterios de diseño para todas las personas. Todo ello a fin de garantizar el acceso a la información y comunicación básica y esencial, evitando la sobresaturación estimular.
Asimismo, en todo itinerario peatonal accesible las personas deberán tener acceso a la información necesaria. Con el fin de poder orientarse de manera eficaz durante todo el recorrido y poder localizar los distintos espacios y equipamientos de interés.
La información deberá ser comunicada a través de un sistema de señales, rótulos e indicadores. Estos deben estar distribuidos de manera sistematizada. Además, deben de estar instalados y diseñados para garantizar una fácil comprensión en todo momento.