El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha lanzado un mensaje de advertencia a todas aquellas personas que sean beneficiaria de una prestación contributiva por desempleo o subsidio, y tengan pensado viajar próximamente al extranjero. En ocasiones, esta acción puede conllevar la pérdida del derecho a recibir la ayuda económica que corresponda.
En función del motivo del viaje y la duración del mismo, el SEPE informa a los ciudadanos que las condiciones de la prestación que perciben pueden variar. Se trata de un elemento de importancia para los beneficiarios de este tipo de ayudas económicas.
Viaje de menos de un año por motivo laboral
En caso de que se trate de un viaje de menos de un año por motivo laboral, es necesario comunicar este hecho debidamente ante el Servicio Público de Empleo Estatal, para que éste autorice la acción. En este sentido, si la duración es inferior a doce meses, la prestación que percibe el usuario queda suspendida, pero si es superior a un año, el derecho a percibir la prestación en cuestión se extingue.

Si el usuario está percibiendo la Renta Activa de Inserción (RAI), la situación cambia. Quedará suspendida si el viaje tiene una duración menor de seis meses y se extinguirá si el viaje al extranjero por motivo laboral tiene una duración por encima de los seis meses.
«Si no comunica al Servicio Público de Empleo Estatal el traslado al extranjero, supondrá una infracción que dará lugar al inicio de un procedimiento sancionador, cuya sanción es la extinción del derecho», explican desde el SEPE.
Así, el ciudadano debe solicitar la reanudación de la prestación (si le corresponde) a partir del día siguiente a su regreso a España, disponiendo de un pazo de 15 días hábiles desde ese momento.
La advertencia del SEPE con los viajes al extranjero
Desde el SEPE explican que si una persona realiza un viaje al extranjero por un periodo inferior a 15 días, la percepción de la prestación que reciba se mantiene; siempre que el usuario pueda cumplir con las obligaciones establecidas por ley.
En caso de que la estancia en el extranjero por cualquier causa sea superior a 15 días y hasta 90 días naturales, la prestación que perciba el usuario en ese momento quedará suspendida. Así lo establece la normativa del SEPE al respecto en este año 2022.
Igualmente, siempre se debe comunicar al SEPE el viaje al extranjero para la autorización de dicha salida y obtener la información correspondiente con respecto a la prestación contributiva por desempleo, subsidio o Renta Activa de Inserción (RAI).
En referencia a esta última situación, desde el SEPE matizan que «si es por tiempo superior a 90 días y no lo es para trabajar, buscar trabajo, realizar estudios que mejoren su preparación profesional, o por acciones de cooperación internacional, la prestación o subsidio se extinguen».
También existe una alternativa, que es solicitar al SEPE el mantenimiento de la prestación en caso de viajar a un país de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo (EEE) o Suiza. En este caso, además de percibir algunas de las prestaciones mencionadas anteriormente, el usuario debe permanecer inscrito como demandan de empleo durante al menos cuatro semanas en España.
Así, gracias a este servicio, el ciudadano podría exportar la percepción de la prestación durante tres meses, con la posibilidad de una prórroga por otros tres meses. Para ello, es conveniente cumplir una serie de requisitos básicos.