En España hay alrededor de 4 millones de personas que tienen algún tipo de discapacidad. Según el Instituto Nacional de Estadística, en uno de cada cinco hogares españoles vive al menos una persona con discapacidad, el 20% de los hogares. Para instalar una rampa y/o ascensor entra en juego la Ley de Propiedad Horizontal
Hoy, en la mayoría de las edificaciones de nueva construcción ya se aplica la normativa para que sean accesibles. Sin embargo, los inmuebles que tienen más de 25 años no suelen estar adaptados. De modo que para casi 4 millones de personas, encontrar una casa adaptada a sus necesidades puede ser una odisea, ya que el parque español de viviendas no está preparado.
En general, el edificio no preparado no se adapta hasta que existe una necesidad por parte de algún vecino de disponer de una rampa y/o ascensor. Entonces entra en juego la Ley de Propiedad Horizontal. Desde su reforma de 2003 la ley requiere el voto favorable de la mayoría de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación, para obligarles a realizar obras de adaptación (esta mayoría sólo se exige cuando las obras para dotar de accesibilidad al inmueble exceden del importe de doce mensualidades de gastos ordinarios).
Algunas inmobiliarias han tenido la iniciativa de especificar ya en sus anuncios si están adaptadas y de qué manera a las personas en silla de ruedas o con movilidad reducida. Desde el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Cataluña recuerdan los requisitos para que estas personas tengan el máximo de autonomía y confort posible en una vivienda:
- Las puertas de acceso a la vivienda y estancias principales debe ser de 80 cm de ancho, para que una silla de ruedas pueda pasar sin dificultades. La instalación de puertas correderas facilita enormemente la accesibilidad.
- Los agarraderos de paredes tienen que estar situados a una distancia adecuada, para que puedan usarse para mantener el equilibrio. Los pasillos y puntos de giro tienen que ser fácilmente maniobrables con una silla de ruedas.
- Los pasillos en línea recta deben tener un ancho de 90cm como mínimo. Se debe poder realizar un círculo de 120cm de diámetro libre de obstáculos frente a la puerta de entrada.
- Los suelos deben ser antideslizantes y sin irregularidades o obstáculos.
- El alcance de una persona en silla de ruedas está entre 0,4 y 1,40 m de altura, de modo que enchufes y mobiliario debe adaptarse a estas alturas. La altura de referencia es la de una mesa de trabajo, la encimera de la cocina o el lavabo del baño no deberán superar los 85cm de altura, pero dejando el hueco inferior para introducir las piernas de 70 cms.
- El interior de los armarios debe estar organizado de forma que los objetos que se usan con más frecuencia sean fácilmente accesibles.
- Frente a la puerta de la cocina y frente al fregadero, debe poderse realizar un giro de 1,20 m de diámetro, libre de todo obstáculo.
- En el baño se debe poder acceder frontalmente al lavabo y lateralmente a la ducha. El suelo ha de ser antideslizante en seco y en mojado.
- El lavabo no debe tener pedestal, debe estar colocado a 80 cm del suelo y tener una altura libre bajo él de 65 cm para permitir el acceso.
- La ducha debe contar con barras de apoyo y sujeción, además de tener un asiento o banco en su interior.