El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es el organismo encargado de la gestión y concesión de una pensión de incapacidad permanente en sus diferentes grados por enfermedad o accidente. Así, en más de una ocasión hemos explicado que el INSS no cuenta con un listado específico de enfermedades que dan lugar a una situación de incapacidad.
Además, los ciudadanos puede reclamar ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social en caso de no estar conforme con una determinada resolución. Incluso, en última instancia puede obtener la incapacidad permanente o un grado concreto de incapacidad a través de la justicia.
Así, el INSS no cuenta con un listado de enfermedades y lesiones concretas, si no que analiza la situación de cada paciente de forma personal y personalizada.
Incapacidad permanente por dermatitis
Los expertos de ‘CampmanyAbogados‘ explican que es posible que la Seguridad Social reconozca una pensión de incapacidad permanente por dermatitis en España.
Normalmente, esta situación se da cuando después de pruebas cutáneas y estudios anatomopatológicos los resultados muestran que la dermatitis es limitante.
No obstante, es necesario aclarar que la incapacidad permanente por dermatitis solo se da en los grados más bajos de incapacidad. Es decir, en incapacidad permanente parcial e incapacidad permanente total. No es habitual obtener una incapacidad permanente absoluta o Gran Invalidez por esta patología.
En caso de que la dermatitis fuese una patología adicional y otra enfermedad o lesiones graves fueran las causas de la incapacidad si es posible que se reconozca una incapacidad absoluta o gran invalidez.
Incapacidad permanente parcial y total
En este sentido, la incapacidad permanente parcial por dermatitis puede tener lugar cuando el trabajador acredita una disminución del rendimiento de trabajo superior al 33%.
Un ejemplo concreto sería un técnico de laboratorio alérgico al níquel, que provocará que desarrolle su trabajo con mayores dificultades. En esta línea podría recibir la indemnización correspondiente de una incapacidad permanente parcial.
Por su parte, la incapacidad permanente total por dermatitis puede darse en profesionales que estén en contacto con elementos que causen alergias o reacciones debido a la dermatitis. Este grado de incapacidad inhabilitaría al trabajador para desarrollar su profesión habitual, pero si sería compatible con otro tipo de actividades laborales.
Así, la incapacidad por dermatitis puede ser reconocida a un albañil que trabaja en constante contacto con cemento o a un reponedor de supermercados por estar contacto con determinados alimentos.
Discapacidad por dermatitis
Hay que aclarar que el estudio de la discapacidad por dermatitis se encuentra regulado en el Capítulo 10 del Anexo del RD 1971/1999: Piel y anejos.
Así, solamente son objeto de valoración las enfermedades crónicas de piel que se consideren no recuperables en cualquiera de sus funciones. Y todo ello después de que el paciente haya estado sometido a un tratamiento adecuado.
Además, si la enfermedad dermatológica provoca diferentes manifestaciones en otros órganos o sistemas, el porcentaje de discapacidad de afecciones se combina.
En definitiva, es posible obtener una incapacidad permanente por dermatitis siempre que se den las circunstancias propicias para ello, aunque por norma general las pensiones reconocidas son la incapacidad parcial o total.