Para cobrar las pensiones, el procedimiento habitual es que la Seguridad Social ingrese el correspondiente dinero a las entidades bancarias y de ahí se traspasa a la persona beneficiaria en cuestión. Así, esta institución a establecido recientemente un nuevo servicio para facilitar el cobro de la pensión.
Se trata del Protocolo de Variación de Cuentas Bancarias, que entró en vigor el pasado 1 de octubre de 2021 y en el que ya participan prácticamente todas las entidades bancarias que operan en España en materia de pensiones.
Pero ¿En que consiste este protocolo? Pues bien, se trata de un servicio por el cual cuando un ciudadano modifique su cuenta bancaria, será la nueva entidad financiera la encargará de comunicar dicho cambio de su cuenta en su nombre a la Seguridad Social.
Nuevo protocolo de la Seguridad Social
Este nuevo servicio de la Seguridad Social pretende, como objetivo principal, simplificar el cobro de la pensión por parte de los ciudadanos, para evitar posibles problemas.
En este sentido, antes de la entrada en vigor de este protocolo, si un usuario realizaba alguna modificación de cuenta bancaria, la nueva entidad bancaria no comunicaba dicho cambio al Instituto Nacional de la Seguridad Social o al Instituto Social de la Marina (ISM); siendo estas dos instituciones las encargadas el abono de la pensión de la Seguridad Social.
Entonces, la entidad bancaria únicamente comunicaba esta modificación a empresas o proveedores cuyos pagos del usuario estuvieran domiciliados. Por tanto, era tarea de cada persona informar a la Seguridad Social de los nuevos cambios para poder percibir la pensión sin ningún tipo de inconveniente.
Así, gracias a este nuevo servicio, los pensionistas pueden autorizar a su entidad bancaria correspondiente a que comunique a la Seguridad Social cualquier cambio de cuenta bancaria para poder seguir recibiendo de forma normal la prestación. Es decir, no existe la necesidad de realizar gestiones o comunicaciones ante el INSS o ISM.
Un aspecto importante del denominado ‘Protocolo de Variación de Cuentas Bancarias’ es que la persona afectada recibirá una confirmación de este cambio de cuenta bancaria y comunicación a la Seguridad Social por correo electrónico o a través de SMS.
Además, cabe resaltar que este servicio únicamente está disponible en referencia al cobro de pensiones, prestaciones familiares o Ingreso Mínimo Vital (IMV).
¿Cómo funciona el servicio?
Este protocolo funciona de forma sencilla. Primeramente, consulta que tu entidad bancaria disponga de este servicio para evitar desplazamientos a la Seguridad Social para realizar gestiones.
En caso de que su entidad bancaria haya incorporado este servicio, usted como usuario debe dar la autorización para que comunique la modificación o una nueva cuenta bancaria a la Seguridad Social.
De esta forma, la entidad bancaria o financiera tendrá la potestad para informar de cualquier modificación en su nombre. Es una manera de ahorrar al ciudadano la realización de dicha gestión y garantizar la percepción del cobro de la pensión.
Cuando la entidad bancaria comunique dicho cambio a la Seguridad Social, el usuario también será informado de ello. En este aspecto, recibirá una notificación vía correo electrónico o SMS con la confirmación de que el cambio se ha realizado con éxito.