El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es el organismo encargado de reconocer el derecho de un trabajador a recibir una pensión de incapacidad permanente en cualquiera de sus grados. Sin embargo, en última instancia, la Justicia también tiene la potestad para conceder este derecho.
Según explican desde la Seguridad Social, la pensión de incapacidad permanente es una «prestación económica que pretende cubrir la pérdida de ingresos de un trabajador cuando su capacidad para trabajar se ve reducida o eliminada como consecuencia de una enfermedad o accidente».
En este sentido, cabe señalar que existen básicamente cuatro tipos de incapacidad permanente, que se diferencian en la compatibilidad de la prestación con el empleo y el grado de invalidez:
- Incapacidad permanente parcial: Genera en el trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para su profesión habitual. La cuantía a recibir se corresponde con un importe a tanto alzado.
- Incapacidad permanente total: Inhabilita al trabajador para su profesión habitual, pero puede desarrollar otro tipo de actividades laborales que no entren en conflicto con la situación de incapacidad reconocida. Pensión equivalente al 55% de la base reguladora.
- Incapacidad permanente absoluta: Inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio. Pensión equivalente al 100% de la base reguladora.
- Gran Invalidez: Inhabilita al trabajador para desarrollar cualquier profesión u oficio, indicándose además que necesita la ayuda de una tercera personas para las actividades cotidianas de la vida. Pensión equivalente al 100% de la base reguladora, más un complemento económico.
Listado de 70 enfermedades para incapacidad permanente
Primeramente, debemos dejar claro que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no cuenta con ningún listado de enfermedades o lesiones estipuladas que den lugar a una incapacidad permanente en cualquiera de sus diferentes grados.
En este sentido, el Tribual Médico del INSS estudia el caso de cada paciente de forma individual, así como la afectación que supone para su actividad laboral.
No obstante, los compañeros de ‘CampmanyAbogados‘ facilitan un listado de hasta 70 enfermedades que pueden dar lugar a la percepción de una pensión de incapacidad permanente, siempre que el INSS o la Justicia así lo considere:
- Alcoholismo.
- Agorafobia.
- Alzheimer.
- Ansiedad.
- Aneurisma.
- Apnea del sueño.
- Arterosclerosis.
- Artritis.
- Artrosis reumatoide.
- ASMA.
- Enfermedad de caderas.
- Cáncer.
- Cardiopatías.
- Enfermedad en los codos.
- Colitis ulcerosa.
- Charcot-Marie-Tooth.
- Demencia.
- Depresión.
- Dermatitis.
- Desprendimiento de retina.
- Enfermedad de Behcet.
- Enfermedad de Crohn.
- Epilepsia.
- Efisema Pulmonar.
- Enfermedad de Perthes.
- Esclerosis Múltiple.
- Esquizofrenia.
- EPOC.
- Espondilitis Anquilosante.
- Fibromialgia.
- Fatiga Crónica.
- Glaucoma.
- Gonartrosis.
- Hernia Cervical.
- Hipoacusia.
Estas son solo algunas de las enfermedades susceptibles a finalizar con el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente para un trabajador. Una misma enfermedad puede dar lugar a una situación de incapacidad en una persona, y en otra no, debido a que el INSS estudia cada caso de forma individual.
Más enfermedades susceptibles de incapacidad
A continuación completamos el listado de 70 enfermedades que podrían dar lugar a una pensión de incapacidad permanente por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social. No hay que olvidar que para ser beneficiario de una prestación de este tipo se requiere el cumplimiento de determinados requisitos:
- Hipertensión pulmonar.
- Enfermedad del hombre.
- Ictus.
- infarto agudo de miocardio.
- Insuficiencia mitral.
- Insuficiencia renal crónica.
- Ludopatía.
- Lumbalgia.
- Lupus.
- Miastenia Gravis.
- Migraña.
- Neuropatía.
- Neuropatía óptica.
- Obesidad mórbida.
- Pancreatitis.
- Parkinson.
- Enfermedad de pies.
- Enfermedad de manos.
- Pérdida de visión.
- Síndrome de Arnold Chiari.
- Síndrome de Burnout.
- Sarcoidosis.
- Síndrome de cola de caballo.
- Síndrome de Lambert-Eaton.
- Taquicardias.
- Síndrome de Ménière.
- Síndrome de Wolf-Parkinson-White.
- Tetralogía de Fallot.
- Trasplante de riñón.
- Trastorno bipolar.
- Uveítis.
- Sensibilidad química.
- Traumatismo craneoencefálico.
- Trastorno obsesivo compulsivo (TOC).
- Trastorno de estrés postraumático.
Como hemos dejado claro anteriormente, esto es únicamente un listado con algunas de las enfermedades que pueden desembocar en el reconocimiento de incapacidad permanente. Recuerda que cualquier enfermedad o lesión es susceptible de dar lugar a una situación de incapacidad, siempre que el Instituto Nacional de la Seguridad Social así lo considere.