La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía ha avisado a las empresas y autónomos de Andalucía, los cuales pueden solicitar ayudas que oscilan desde los 3.000 a los 200.000 euros hasta el próximo 15 de septiembre.
Se trata de una serie de ayudas habilitadas por la Junta de Andalucía destinadas a determinados colectivos. Supone una forma de apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento generado durante la pandemia del Covid-19.
La consejera Rocío Blanco ha comentado que en los próximos días se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la ampliación del plazo para solicitar estas ayudas económicas. Dicho plazo será hasta el próximo 15 de septiembre de 2021.
Dos fases de solicitud
Los autónomos y empresas que estén interesados en estas ayudas deberán tramitar la solicitud en dos fases bien diferenciadas; tal y como ha indicado la Junta de Andalucía a través de un comunicado oficial.
Primeramente deberá cumplimentarse un formulario web que lleva el nombre de ‘Solicitud de asistencia previa ante la AEAT’. Ésta es una solicitud formal previa donde se establece la autorización del solicitante. Una autorización para que la Junta de Andalucía acceda a los datos fiscales de la Agencia Tributaria.
Este paso es fundamental para el cálculo de la subvención aplicable en caso de cumplir con los requisitos establecidos previamente por la Junta de Andalucía.
La segunda fase consiste en cumplimentar el documento denominado ‘Solicitud de subvención a personas trabajadoras autónomas y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado’. Con esta tramitación da comienzo el proceso administrativo.
Esta solicitud es recomendable realizar durante los diez días posteriores a la notificación por parte de la Junta de Andalucía de los datos facilitados por la AEAT.
Requisitos para acceder a las ayudas para autónomos e importe
Entre los principales requisitos para acceder a estas ayudas destaca que la actividad económica se encuadre en los 249 códigos CNAE recogidos en el anexo del DL 10/2021.
Por otra parte, los solicitantes también tendrán que tener sede en Andalucía y estar al corriente de pago tanto con la Seguridad Social como Hacienda. En el caso de las empresas, no podrán encontrarse en concurso de acreedores.
Así, tanto empresas como autónomos deben comprometerse a mantener la actividad (no el empleo) hasta el 30 de junio de 2022.
Otro aspecto importante es el importe de ayuda económico que recibirán los autónomos o empresas de Andalucía; siempre en base a esta ayuda habilitada por la Junta de Andalucía.
Así, la cuantía subvencionada será calculada en función de la caída de facturación y el número de trabajadores de la empresa. Según recoge el comunicado oficial de la Junta de Andalucía, «el resultado de la consulta realizada a la AEAT se pondrá a disposición de la persona o entidad interesada para obtener de la ayuda; que podrá acceder a la siguiente fase».
A través de la página web de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía podrás encontrar toda la información detallada respecto a la solicitud. Así como la documentación a aportar para acceder a estas ayudas para autónomos y empresas.