España cuenta con una importante estructura destinada a la protección por desempleo de todos sus ciudadanos. Así, para todos aquellos que cumplan una serie de requisitos determinados establece varios subsidios o prestaciones que suponen un ingreso económico ante la falta de trabajo.
Uno de los más conocidos es el llamado subsidio para mayores de 52 años. Se trata de una ayuda económica que pueden percibir los ciudadanos por encima de dicha edad y hasta cumplir las condiciones necesarias para acceder a la pensión de jubilación.
De esta forma, para poder seguir percibiendo este subsidio, es necesario realizar una declaración de rentas anuales ante la Seguridad Social. Es decir, la persona beneficiaria debe acreditar una carencia de rentas siempre inferior al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que corresponda en cada momento.
https://x.com/empleo_SEPE/status/1417748763444121600?s=20
En caso de que este requisito deje de cumplirse, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tendrá la potestad para retirar el derecho de la persona beneficiaria a seguir percibiendo el subsidio para mayores de 52 años.
Colectivos con derecho a recibir el subsidio para mayores de 52 años
Recientemente, a través de una publicación en Twitter, desde el SEPE han recordado aquellos colectivos que pueden acceder al subsidio para mayores de 52 años, cuando cumplan los requisitos establecidos previamente. Así, diferencia entre acceso directo y acceso por edad:
- Acceso directo: «Aquellos usuarios que reúnen los requisitos para acceder a otro subsidio y son mayores de 52 años en el momento de acceso y cumplen estos requisitos».
- Acceso por edad: «Aquellos usuarios que ya son beneficiarios de uno de los subsidios del SEPE y cumplen 52 años».
En definitiva, las personas con más de 52 años y que han agotado la prestación o subsidio por desempleo pueden tener derecho a acceder a esta prestación. En caso de tener una edad inferior no será posible en ningún caso.
Requisitos de acceso
Un aspecto fundamental para poder acceder al subsidio para mayores de 52 años es que la persona interesada cuente con todos los requisitos establecidos para ello. Además, para seguir percibiendo el mismo, será necesario mantener dichos requisitos. Entre ellos destacan los siguientes:
- Estar en situación de desempleo.
- Tener 52 años o más.
- No tener la condición de persona trabajadora discontinua.
- Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante el plazo mínimo de un mes desde que se agota el derecho a seguir recibiendo la prestación por desempleo.
- Suscribir el compromiso de actividad, el cual debe estar incluido en la solicitud del subsidio.
- Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza inferior al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
- Acreditar en la fecha del hecho causante y en la fecha en la que se tramita la solicitud del subsidio que se cumplen todos los requisitos (salvo la edad) para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva por jubilación en el sistema de la Seguridad Social. Así lo establece el SEPE.
Finalmente, la duración del subsidio para mayores de 52 años puede extenderse hasta que la persona beneficiaria alcance la edad ordinaria exigida para acceder a la pensión contributiva de jubilación por parte de la Seguridad Social.